Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Febrero de 2017, número de resolución KLCE201602091

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201602091
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2017

LEXTA20170228-084 - Vanessa Alvarado Gonzalez v. Integrated Emergency Medical Services

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ Y HUMACAO

PANEL X

VANESSA ALVARADO GONZÁLEZ
Peticionario
v.
INTEGRATED EMERGENCY MEDICAL SERVICES
Recurrido
KLCE201602091
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao Civil número: HSCI201400492 Sobre: Despido Injustificado

Panel integrado por su presidente, el juez Figueroa Cabán, y las juezas Birriel Cardona y Ortiz Flores.

Birriel Cardona, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2017.

Mediante recurso de certiorari comparecen la Sra. Vanessa Alvarado González y el Sr. Juan Gabriel Santiago Vega (los peticionarios) y solicitan la revisión de la resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao (TPI) el 13 de septiembre de 2016. En la misma, el TPI deniega la Moción de Reconsideración a la Inhibición del Juez y Solicitud de Descalificación del Licenciado Pérez Giusti y el Bufete Adsuar, Muñiz, Goyco, Seda y Pérez Ochoa, P.S.C. (el Bufete), presentada el 9 de junio de 2016. La resolución de inhibición del juez Héctor Hoyos Torres fue emitida el 19 de mayo de 2016.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se deniega la expedición del auto de certiorari.

I.

Surge del expediente ante nuestra consideración que los hechos e incidentes esenciales para disponer del recurso son los siguientes.

El 13 de septiembre de 2016 el TPI deniega una solicitud de reconsideración del peticionario, que tiene que ver con la inhibición del juez Héctor Hoyos (juez Hoyos).

El apelante solicitó al TPI que en lugar de que se inhibiera el juez Hoyos lo que procedía era que se descalificara a los abogados de inmediato.

Arguye que el pleito llevaba varios años en litigio ante el Juez Hoyos y que su inhibición conllevaría que se dilatara aún más el proceso.

El Bufete que representa a Integrated Emergency Medical Services en el caso ante el TPI desde que aceptaron ostentar la representación legal del Municipio de Guaynabo en un pleito ante el foro federal, tenía que haber conocido del conflicto ético que esa representación legal creaba con los clientes en el pleito ante el Juez Hoyos. Reiteran los peticionarios que la determinación del Bufete de representar al municipio de Guaynabo debió estar unida la renuncia de la representación legal del caso del recurso ante el TPI.

Pero el Bufete prefirió solicitar la inhibición del juez ante los cánones que establecen que lo que procedía era solicitar la renuncia de...

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