Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Marzo de 2017, número de resolución KLCE201602180

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201602180
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2017

LEXTA20170324-006 - Ivan Antonio Rivera Reyes v. Club Deportivo Los Vaqueros De Bayamon

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-FAJARDO

PANEL III

IVÁN ANTONIO RIVERA REYES
Recurrida
v.
CLUB DEPORTIVO LOS VAQUEROS DE BAYAMÓN, INC., VAQUEROS BASKETBALL SUPPORT CLUB CORP., DR. MIGUEL JABBAR BERDIEL APONTE en su carácter personal; BALONCESTO SUPERIOR NACIONAL CORP.; LCDO. FERNANDO QUIÑONES BODEGA, en su carácter personal y la SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES compuesta por este y FULANA DE TAL
Recurrida
KLCE201602180
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Caso Núm.: K AC2015-1130 Sobre: Incumplimiento de Contrato, Daños y Perjuicios por Interferencia Torticera con Relaciones Contractuales

Panel integrado por su presidenta, la Juez Fraticelli Torres, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Ramos Torres.

Ramos Torres, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 24 de marzo de 2017.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones Fernando Quiñones Bodega, mediante recurso de certiorari y nos solicita que revoquemos la resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI) el 13 de septiembre de 2016. En dicha resolución el TPI denegó la moción de desestimación del peticionario por lo que nos pide, además, que ordenemos la desestimación de la demanda en su contra.

Por los fundamentos expuestos a continuación, denegamos expedir el auto de certiorari al amparo de la Regla 40 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 L.P.R.A. Ap. XXII-B.

I.

El presente recurso tiene su origen en una demanda instada por Iván Rivera Reyes (en adelante señor Rivera Reyes o el recurrido) por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios por interferencia torticera con relaciones contractuales, en contra de Club Deportivo Los Vaqueros de Bayamón, Inc., Vaqueros Basketball Support Club Corp., Miguel Jabbar Berdiel Aponte, Baloncesto Superior Nacional Corp., Fernando Quiñones Bodega (en adelante señor Quiñones Bodega o el peticionario), en su carácter personal, y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por este y Fulana de Tal.

Surge del expediente, que el demandante recurrido era el co-apoderado de la franquicia de Baloncesto Superior Nacional de Puerto Rico Los Vaqueros de Bayamón. Según lo alegado en la demanda, para aceptar ser apoderado de la franquicia, Rivera Reyes acordó con el señor Berdiel Aponte, vicepresidente, un pago mensual de $3,000.00 y renunció a las obligaciones profesionales que tenía en una oficina legal. El acuerdo para fungir como co-apoderado era por el periodo de un año, desde el mes de octubre de 2014 hasta el mes de noviembre de 2015.

El peticionario, Quiñones Bodega, fue electo Presidente de la Junta de Baloncesto Superior Nacional Corp. (en adelante la Junta) en octubre de 2015.

En su función como presidente, se reunió con el recurrido y le ofreció la posición de asesor legal de la Junta, advirtiéndole que debía renunciar a su puesto como co-apoderado de la franquicia de Los Vaqueros de Bayamón. El recurrido, luego de que se enmendara en varias ocasiones la oferta, aceptó la misma. Como producto del acuerdo, el señor Rivera Nieves renunció a la franquicia el 21 de noviembre del 2015 para comenzar con su trabajo como asesor la semana siguiente.

El recurrido también adujo en su reclamación que la franquicia de los Vaqueros de Bayamón le adeudaba dinero por concepto de pagos del salario acordado y unos gastos de viaje, en los que incurrió basado en un entendido que tuvo con el codemandado Berdiel Aponte. En sus alegaciones, añadió haber hecho gestiones para obtener del señor Berdiel Aponte el dinero adeudado, mas este le indicó que...

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