Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Marzo de 2017, número de resolución KLRA201700094

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201700094
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2017

LEXTA20170327-021 - Wide Range Corp. v.

Autoridad De Energia Electrica De PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-CAGUAS

PANEL II

WIDE RANGE CORP.
Recurrente
v.
AUTORIDAD DE
ENERGÍA ELÉCTRICA
DE PUERTO RICO
Recurrida
KLRA201700094
Revisión Administrativa procedente de la Autoridad de Energía Eléctrica Sobre: Compra de Transformador Subasta Núm.: RFQ47985

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Bonilla Ortiz

Rodríguez Casillas, Juez Ponente

SENTENCIA EN RECONSIDERACIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de marzo de 2017.

El pasado 2 de febrero de 2017, emitimos una Sentencia en la cual desestimamos el recurso de epígrafe por falta de jurisdicción. Mediante una Resolución de 7 de febrero de 2017, declaramos Ha Lugar la oportuna solicitud de reconsideración presentada por Wide Range Corporation (Wide Range o la recurrente). En virtud de ello, dejamos sin efecto el mencionado dictamen, expedimos la moción en auxilio de jurisdicción solicitada por la parte recurrente y ordenamos la paralización de los procedimientos relacionados a la subasta impugnada.

Considerados los escritos de las partes, así como los documentos que los acompañan, a la luz del derecho aplicable se revoca el dictamen recurrido.

-I-

Los hechos que informa el presente caso se originan con la publicación de una invitación a la subasta núm. RFQ-47,985 por parte de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico (AEE o la Autoridad) el 11 de abril de 2016. La subasta era para la compra de un transformador de potencia trifásico de voltajes 115/13.8/13.8 KV y capacidad de 300 MVA. Junto con la invitación, se incluyeron los siguientes documentos: (1) Terms and Conditions; (2) Name Plate Hyundai MPT 5; (3) Outline Hyundai MPR 5, y (4) Specification for Power Transformer. La Autoridad exigió que los licitadores cotizaran en el Specification for Power Transformer, en particular, en las partes II y III de dicho documento, tituladas: Specific Requirements for Three Phase Power Transformer y Transformer Data Sheet, respectivamente.

En términos generales, el Specification for Power Transformer, establece la información que los licitadores debían presentar junto con sus propuestas. En lo pertinente, la Sección 2.1 de la Parte I, exige que todo licitador evidencie su experiencia. Para ello, requiere la siguiente información:

2.1 Experience and Transformer Data

The Manufacturer shall submit a list of users, in which their equipment are built to the latest standards […], with equivalent operational and design characteristics, that has been acquired and been in service for at least five years. This list shall include the following:

· Name of the user

· Location of the equipment

· Description of the equipment including but not limited to voltage rating, MVA capacity and connection type

· Time in service

· Name, phone number and email of the contact person at the company.

[…]

*Any proposal that does not include and comply with the above mentioned requirements will be declared unresponsive and will be rejected.[1]

La Parte II del mencionado documento consiste en una tabla en la que los licitadores debían incluir su oferta sobre cada ítem allí descrito. En cambio, la Parte III provee para que el licitador incluya ciertos datos sobre la descripción del transformador de potencia trifásico que ofrece en su propuesta.

La Sección 1.2 de dicha parte, requería que se desglosara la siguiente información, entre otra:

1.2 RECEIVING AND INSTALLATION DATA

  1. Weights, lbs.

    […]

  2. Oil, gallon: ______

  3. Largest shipping section, l, w, h, inches: __/ __/ __

  4. Transformers installed dimensions, inches

    1. Overall height: ___

    2. Overall length: ___

    3. Overall width: ___

    4. Minimum un-tanking height, base to crane hooks:

    5. Tank only dimensions: L = ___

    W = ___

    H = ___

    Del plano suplido por la AEE junto con la invitación a la subasta, se desprenden las medidas que debía tener el transformador ya instalado, es decir, con todos sus accesorios: 336” de largo por 219.1” de ancho por 269.7” de alto. Tales dimensiones son las que debían incluir los licitadores en el inciso (D) (1-4) de la Sección 1.2 de la Parte III. La Autoridad también especificó las medidas del transformador objeto de la subasta de forma individual, según requeridas en el inciso (D) (5) de la Sección 1.2 de la Parte III, a saber: 325” de largo por 135” de ancho por 212.6” de alto. El Transformer Data Sheet no proveía para que los licitadores incluyeran las dimensiones de la base del transformador.

    Luego de la extensión del periodo de preguntas, la posposición de la fecha de apertura de la subasta y otros cambios irrelevantes al asunto ante nos, el 7 de julio de 2016 se celebró la apertura de la subasta. A la misma comparecieron varias compañías —entre ellas— la recurrente y ABB, Inc. (ABB).

    En cuanto al requisito de experiencia requerido en la Parte I, Sección 1.2 del Specification for Power Transformer, Wide Range incluyó con su propuesta un listado en el que identificó un total de 129 usuarios a quienes la compañía Chint Electric, fabricante del cual adquiriría el transformador, le había vendido transformadores similares al requerido en la subasta. De esos 129 usuarios, la recurrente incluyó 52 con toda la información requerida en la mencionada sección. Para los 77 usuarios restantes, proveyó el número telefónico de Chint Electric para que la AEE, de entenderlo necesario, contactara a personal de dicha compañía para que le ayudara a confirmar la experiencia del fabricante.

    Con relación a las medidas del transformador ya instalado, ofreció las mismas dimensiones dispuestas en el plano de la AEE, mientras que las dimensiones del transformador propuesto serían las siguientes: 321.3” de largo por 122” de ancho por 141.7” de alto.

    El 22 de noviembre de 2016, el Comité de Subastas B de la AEE (Comité de Subastas) notificó que ABB obtuvo la buena pro de la subasta, tras sostener que fue el único postor respondiente que cumplía con las especificaciones técnicas, términos y condiciones requeridos para realizar el proyecto.[2] Las licitadoras participantes fueron notificadas de la adjudicación de la subasta.

    La carta de adjudicación fue acompañada por un documento titulado Anexo A, en el que la AEE indicó las razones para el rechazo y la adjudicación de las propuestas presentadas. En lo que respecta a Wide Range, la AEE la declaró no respondiente y rechazó su propuesta por los siguientes fundamentos:

    [s]u propuesta no cumple con las especificaciones técnicas ya que, del análisis de su propuesta en la parte III, Sección 1.2, las dimensiones de la base del tanque que soporta el transformador propuesto sobrepasan el tamaño de la base existente en el dique, lo que se considera una desviación mayor. Este único incumplimiento provoca el rechazo de su propuesta. Además, la lista que incluyó relacionada a la experiencia requerida en el inciso 2.1 de las especificaciones técnicas, está incompleta, toda vez que no proveyó todos los nombres, números de teléfono y direcciones de correo electrónico de las personas contacto en las compañías mencionadas en dicha lista. En su lugar, incluyó una nota que indica que para comunicarse con cualquier compañía de la lista se tiene que comunicar con el personal de la fábrica Chint Electric (Sr. Allen Fu), a un número de teléfono específico. Esta información se tenía que incluir como parte de la propuesta.

    […]

    Tenemos que añadir que en su recomendación técnica, el usuario indicó nuevamente, en síntesis, que solicitó en varias ocasiones al personal de la División de Suministros, que se elimine del Registro de Proveedores de la Autoridad a este licitador ya a Chint Electric, compañía manufacturera de los transformadores, por incumplimiento de entrega en todas las órdenes de dichos equipos que se le adjudicaron en el pasado.

    No habiéndose pronunciado la AEE sobre la oportuna solicitud de reconsideración presentada por la aquí recurrente el 12 de diciembre de 2016, esta se entendió rechazada de plano.

    Inconforme, Wide Range presentó el recurso de revisión judicial que nos ocupa el 31 de enero de 2017, en el que planteó que el Comité de Subastas B de la AEE incidió al:

    Declarar no respondiente a WR por alegadamente: (a) exceder las medidas de la base del transformador, cuando la realidad es que la propuesta de WR no exceden dichas medidas; (b) no incluir “…todos los nombres, números de teléfono y direcciones de correo electrónico de las personas contacto en las compañías mencionadas en dicha lista”, a pesar de que la lista que sometió WR tiene toda la información requerida sobre 52 usuarios, y las especificaciones no establecen el número mínimo de usuarios de los cuales se debe proveer información.

    Adjudicar la buena pro a ABB, a pesar de que no cumplió con los siguientes términos y condiciones, y especificaciones técnicas de la subasta: (a) no tenía la fianza de licitación vigente a la fecha de adjudicación de la buena pro; y (b) su propuesta excedió los parámetros de impedancia requeridos en las especificaciones.

    No descalificar a los ingenieros Eric J. Pérez Rivera y José A. Geada Jorge, miembros del Comité

    Técnico de Evaluación de Compra de Transformadores, a pesar del patrón de discrimen y parcialidad que estos han demostrado en contra de WR y a favor de ABB.

    La recurrente presentó además, una moción en auxilio de jurisdicción el 2 de febrero de 2017. Solicitó la paralización de los procedimientos relativos a la subasta impugnada ante la AEE, hasta tanto este foro realizara una determinación sobre los méritos del recurso presentado.

    Ese mismo día, dictamos una Sentencia en la que desestimamos el recurso de epígrafe por prematuro. La desestimación por falta de jurisdicción estuvo predicada en la notificación inadecuada del término para acudir en revisión judicial a este tribunal. Al día siguiente, Wide Range solicitó la reconsideración de...

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