Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Marzo de 2017, número de resolución KLCE201700503

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201700503
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2017

LEXTA20170328-022 - Edgar Rodriguez Gomez v. Multinational Life Insurance Company

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y CAGUAS

PANEL IV

EDGAR RODRÍGUEZ GÓMEZ
Recurrida
v.
MULTINATIONAL LIFE INSURANCE COMPANY
Peticionaria
KLCE201700503
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan Civil Núm.: K PE2013-5497 Sobre: Despido injustificado.

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Cintrón Cintrón y la Jueza Rivera Marchand.

Jiménez Velázquez, jueza ponente.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de marzo de 2017.

Multinational Life Insurance Company recurrió ante nos mediante la Petición de certiorari presentada en la noche del 20 de marzo de 2017, en virtud de la cual solicitó la revocación de su anotación de rebeldía emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 6 de marzo de 2017.

En la tarde del 21 de marzo, Multinational Life Insurance Company presentó una moción en auxilio de jurisdicción a los fines de paralizar la vista en rebeldía pautada para el 11 de abril de 2017.

Luego de evaluar los argumentos esgrimidos por la parte peticionaria, todo el trámite procesal acaecido previamente en el caso de epígrafe, tanto a nivel de instancia como a nivel apelativo[1], y la determinación interlocutoria recurrida, denegamos la paralización solicitada, así como la expedición del recurso.

I

En apretada síntesis, el señor Edgar Rodríguez Gómez (Rodríguez) presentó una querella por despido injustificado contra Multinational Insurance Company, para lo cual invocó el trámite sumario de la Ley Núm. 2. La parte querellada presentó oportunamente su contestación.

Luego de varios trámites,[2] el 8 de agosto de 2014 el señor Rodríguez solicitó permiso para enmendar su querella, a los fines de incluir a Multinational Life Insurance Company como parte querellada, lo cual fue permitido por el Tribunal de Instancia. Luego de diligenciado el emplazamiento, Multinational Life Insurance Company contestó la querella enmendada. Además, solicitó la conversión del procedimiento al trámite civil ordinario. El 29 de septiembre de 2014,[3] el tribunal le concedió 10 días al señor Rodríguez para expresar su posición al respecto. Entonces, este presentó una Solicitud de anotación de rebeldía y señalamiento de vista. Sostuvo que Multinational Life Insurance Company contestó la querella luego de vencido el término de 10 días con el que contaba para ello. Multinational Life Insurance Company se opuso al requerimiento del señor Rodríguez. Entonces, el 29 de octubre de 2014, el tribunal denegó la solicitud del señor Rodríguez sobre la anotación de rebeldía de Multinational Life Insurance Company.

La conferencia con antelación al juicio fue celebrada el 20 de noviembre de 2014. Según la Minuta de dicha vista, el señor Rodríguez desistió de su reclamación en contra de Multinational Insurance Company,[4]

por lo que el tribunal procedería a dictar sentencia parcial.[5] Surge, además, de tal Minuta lo siguiente:

En un caso normalmente de Ley 80, esta juez no concede que se convierta en un procedimiento ordinario porque no se está trayendo ninguna otra reclamación, sin embargo, hay un caso en otra Sala que incide o podría incidir de alguna manera en la reclamación laboral que tiene el querellante en esta Sala y eso crea problemas y dificultades.

Sobre este particular, se hizo constar que en el otro caso aparece la querellada como demandante en unas alegaciones de incumplimiento con el deber de fiducia del aquí querellante y otros dos accionistas. La recomendación del Tribunal es que se resuelva primero el issue...

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