Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Marzo de 2017, número de resolución KLCE201700030
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201700030 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2017 |
LEXTA20170330-017 -
Gilberto Rodriguez Rosa v. Erasmo Collazo Rivera
GILBERTO RODRÍGUEZ ROSA; FELICITA RIVERA RODRÍGUEZ y la Sociedad Legal de Gananciales constituida entre sí | | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Civil Núm: DCD2006-2589 (402) Sobre: Cobro de Dinero, Daños y Perjuicios |
Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González, el Juez Rivera Colón, la Jueza Surén Fuentes y la Jueza Cortés González
Cortés González, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de marzo de 2017.
El Sr. Gilberto Rodríguez Rosa (en adelante, señor Rodríguez o peticionario) comparece ante este Tribunal mediante el auto de Certiorari de título para solicitar la revisión de la Orden[1] emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (TPI) mediante la cual fue declarada No Ha Lugar
la Solicitud de Mandamiento de Ejecución, interpuesta por el peticionario.
Por los fundamentos que expondremos a continuación denegamos la expedición del auto solicitado.
Surge de las alegaciones y escritos que obran en autos que el 9 de noviembre de 2006 los codemandantes Gilberto Rodríguez Rosa, Felícita Rivera Rodríguez y la Sociedad Legal de Gananciales constituida entre ellos, instaron una Demanda sobre Cobro de Dinero y Daños y Perjuicios en contra del Sr. Erasmo Collazo Rivera, su esposa, Olga Rivera Lasanta, la Sociedad Legal de Gananciales constituida entre éstos, Transporte Collazo Rivera, Inc. y su presidente, Edgar Collazo Rivera. La parte demandante alegó, en síntesis, que suscribieron un contrato de compraventa como únicos accionistas de la Corporación Gilberts Trucking Co., mediante la cual vendieron todos los activos, acciones y derechos de esta empresa a la Corporación Transporte Collazo Rivera, Inc., la cual estuvo representada en el negocio por los codemandados, Sr. Erasmo Collazo Rivera y su esposa, la Sra. Olga Rivera Lasanta. Mediante el contrato, Transporte Collazo Rivera, Inc., se obligó a asumir las deudas de Gilberts Trucking, Co., una de las cuales era por la suma de $275,282.93, con el Banco Cooperativo. La parte demandante alegó que el Sr. Erasmo Collazo y la Sra. Olga Rivera, como accionistas de Transporte Collazo Rivera, Inc. y su hijo Edgar Collazo Rivera, como presidente de la empresa, incumplieron el contrato y no pagaron esa deuda conforme a lo acordado y que debido a ello, sufrió daños y perjuicios por tal incumplimiento. Los codemandantes solicitaron que se ordenara el reembolso de $173,510.74, más intereses legales que tuvieron que abonar para saldar el préstamos con el Banco Cooperativo. La parte demandante, solicitó, además, el pago de gastos y honorarios de abogado, más una cantidad por concepto de daños.[2]
El 1 de diciembre de 2008 el TPI dictó sumariamente una Sentencia Parcial...
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