Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Marzo de 2017, número de resolución KLCE201700202
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201700202 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 31 de Marzo de 2017 |
LEXTA20170331-072 - Departamento De Transportaci v.
Servidores Publicos Unidos De PR Comision Apelativa Del Servicio Publico
DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS | KLCE201700202 | CERTIORARI, procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Caso Núm. K AC2016-0424 Revisión de Laudo AQ-14-0867; L-16-038 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, la Jueza Colom García y el Juez Rodríguez Casillas
Ramírez Nazario, Erik Juan, Juez Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de marzo de 2017.
Comparece el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por sí y en representación del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP o peticionario) y nos solicitan que revoquemos la Sentencia emitida el 11 de octubre de 2016 y notificada el 18 del mismo mes y año, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI).
Mediante la referida Sentencia, el TPI confirmó el Laudo emitido y notificado el 21 de abril de 2016, por la Árbitro Jeovany Vázquez Ocasio de la Comisión Apelativa del Servicio Público (CASP), adjudicando la querella que fue presentada por Servidores Públicos Unidos de Puerto Rico (la Unión o recurrida), en representación de la señora Sandra Galarza López (Sra. Galarza o empleada).
Considerados los escritos de las partes, así como los documentos que los acompañan, a la luz del derecho aplicable resolvemos denegar la expedición del auto solicitado.
El 5 de noviembre de 2014, la Unión presentó una Solicitud de Arbitraje de Quejas y Agravios ante la CASP en contra del DTOP y en nombre de la Sra. Galarza, empleada de dicha entidad pública. La controversia planteada en el caso por la recurrida, estaba relacionada a una medida disciplinaria de suspensión de empleo y sueldo por treinta (30) días, que le fue impuesta a la Sra. Galarza. En síntesis, la Unión alegó que el DTOP violentó varias disposiciones del Convenio Colectivo al suspender a la empleada. En particular, cuestionaron que no se notificara la formulación de cargos y la acción disciplinaria a tomarse contra la recurrida, dentro del término dispuesto en el Convenio Colectivo.
La vista administrativa ante la CASP se celebró los días 18 de diciembre de 2015 y el 8 de marzo de 2016. Luego de que las partes presentaran prueba documental y testifical en apoyo a sus alegaciones, la querella quedó sometida para ser adjudicada. Para ello, las partes acordaron someter el siguiente acuerdo de sumisión:
Que la Honorable Árbitro determine conforme a la prueba testifical, evidencia documental, convenio colectivo, reglamento y derecho aplicable si la medida disciplinaria de suspensión de empleo y sueldo por treinta días (30)...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba