Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Abril de 2017, número de resolución KLCE201700366

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201700366
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución26 de Abril de 2017

LEXTA20170426-018 - Cesar Viguera Mejia v. Bacardi Corporation

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

CÉSAR VIGUERA MEJÍA
Recurrido
v.
BACARDÍ CORPORATION
Peticionario
KLCE201700366
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Núm. Caso: D PE2016-0056 (702) Sobre: Despido Injustificado y Discrimen

Panel integrado por su presidente, el Juez Flores García, la Jueza Domínguez Irizarry y el Juez Cancio Bigas.

Flores García, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de abril de 2017.

Comparece la parte peticionaria, Bacardí Corporation, mediante el recurso discrecional de certiorari, y solicita nuestra intervención a los fines de revocar una resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia que denegó una moción de sentencia sumaria promovida por la parte peticionaria.

Hemos deliberado los méritos del recurso y concluimos no expedir el recurso solicitado. A pesar de que conforme a la Regla 52.1 de las Reglas de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap.V, R. 52.1, esta segunda instancia judicial no tiene que fundamentar su determinación al denegar un recurso de Certiorari[1], en ánimo de que no quede duda en la mente de las partes sobre los fundamentos al ejercer nuestra facultad revisora, abundamos.[2]

En este caso, la parte recurrida, el señor César Viguera Mejía, presentó una querella laboral en contra de la parte peticionaria en la que alegó haber sido despedido de manera injustificada y haber sido discriminado por su edad. La querella fue presentada a amparo del procedimiento sumario para las reclamaciones laborales establecido en la Ley Núm. 2 del 17 de octubre de 1961, según enmendada, conocida como, Ley Sumaria de Reclamaciones Laborales, 32 LPRA sec. 3118, et seq.

La parte peticionaria contestó la querella y entre otras defensas, sostuvo que la parte recurrida había suscrito un “Acuerdo de Terminación y Relevo de Reclamaciones”. Según el peticionario, mediante el Acuerdo suscrito entre las partes, el recurrido acordó que a cambio de ciertas contraprestaciones, renunciaba y relevaba al peticionario de cualquier reclamación, causa de acción y/o remedio bajo cualquier legislación laboral.

Luego de varios incidentes procesales, incluyendo el descubrimiento de prueba, la parte peticionaria presentó una moción de sentencia sumaria en la que solicitó la desestimación de la querella a la luz del...

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