Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Abril de 2017, número de resolución KLAN201601829

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201601829
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Abril de 2017

LEXTA20170427-007 - Geb Development Corp. v. Erluca

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL ESPECIAL

(Orden Administrativa TA 2017-015)

GEB Development Corp., Efraín Rivera Soler, et al
Demandantes-Reconvenidos
Apelados
vs.
Erluca, Inc., Camino Terraverde S.E., et al
Demandados-Reconvinentes
Apelados
-------------------------------Erluca Inc., Camino Terraverde S.E., Carlos González, su esposa Nilsa Barreto y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos
Reconvinentes y Demandante a Co-Parte
Apelados
vs.
GEB Development Corp., Efráin Rivera Soler, Brenda Nieves, la Sociedad Legal de Gananciales; y Newport Bonding & Surety Company
Reconvenidos y Demandados de Co-Parte
Newport Bonding & Surety Company
Apelante
KLAN201601829
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil. Núm. K AC2005-8146 (503) Sobre: Incumplimiento de Contrato, Cobro de Dinero, Daños y Perjuicios Sobre: Incumplimiento de Contrato, Fianza y Daños

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Ramos Torres y el Juez Torres Ramírez

Torres Ramírez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de abril de 2017.

I.

El 14 de diciembre de 2016, Newport Bonding & Surety Company (“Newport” o “Parte Apelante”) presentó un recurso de Apelación, en el cual nos solicita que revoquemos la Sentencia emitida el 17 de octubre de 2016, y notificada a las partes el 20 de octubre de 2016, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (“TPI”). El TPI declaró Ha Lugar la demanda contra co-parte presentada por Erluca, Inc. (“Erluca” o “Parte Apelada”) y ordenó a la Parte Apelante pagar $1,461,144.56 en concepto de reembolso de costos de terminación de la obra, daños líquidos, más intereses legales y costas del pleito. En la Sentencia apelada el TPI acogió las recomendaciones de un Comisionado Especial designado al amparo de la Regla 41 de las de Procedimiento Civil[1]. Cabe destacar que conforme a la “Orden Designando Comisionado Especial”, emitida por el TPI el 10 de abril de 2014, el Comisionado Especial, Manuel A. Oliveras Rodríguez, es “Licenciado”

(sic) e “Ingeniero”.[2]

Esbozamos a continuación una breve relación de los hechos e incidencias procesales más relevantes para la determinación de este caso.

II.

El 17 de octubre de 2002 Camino Terraverde, SE, (“Terraverde”) y GEB Development, Corp. (“GEB”) formalizaron un contrato de obras, para la construcción del proyecto Camino Terraverde. El contrato fue afianzado por Newport, en garantía de las obligaciones de GEB. El 3 de septiembre de 2003, Erluca y GEB suscribieron un contrato de obras, para la construcción del proyecto Chalets de Paseo Real. Newport también emitió la fianza de pago y ejecución para este proyecto.

El 10 de noviembre de 2005, GEB, el Sr. Efraín Rivera Soler, su esposa, Sra. Brenda Nieves, y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos presentaron ante el TPI una demanda sobre incumplimiento de contrato, cobro de dinero y daños y perjuicios contra Erluca, Terraverde, Newport, Doral Bank (“Doral”), el señor Carlos González, su esposa, la señora Nilsa Barreto, y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos.

Luego de varios trámites procesales, el 30 de enero de 2006 Doral presentó su contestación a la demanda. El 9 de noviembre de 2007, notificada el 15 de noviembre de 2007, el TPI emitió “Sentencia Sumaria Parcial” desestimando la demanda en cuanto a Doral Bank.

El 7 de febrero de 2006 Erluca, Terraverde, el Sr. Carlos González, la señora Nilsa Barreto y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos presentaron “Contestación a Demanda”. Por su parte, el 18 de abril de 2006 Newport presentó “Contestación a Demanda Original Radicada por GEB y Otros”.

El 7 de febrero de 2006, Erluca, Terraverde, el Sr. Carlos González, la señora Nilsa Barreto y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos presentaron “Reconvención y Demanda contra Coparte”. El 19 de abril de 2006, Newport presentó su “Contestación a Demanda contra Coparte radicada por Erluca, Inc. y Otros.”

El 18 de abril de 2006, Newport presentó “Reconvención contra Coparte Erluca, Inc.” El 24 de abril de 2006, Erluca presentó su “Contestación a Reconvención contra Coparte”,

El 11 de abril de 2014 GEB presentó ante la Corte Federal de Quiebras una petición de quiebra al amparo del Capítulo 11 del Código Federal de Quiebras.

Por lo que, luego de examinada la moción de paralización presentada por GEB, el 12 de diciembre de 2014 el TPI emitió “Sentencia Parcial”, notificada el 16 de diciembre de 2014. En la referida Sentencia, el TPI decretó la paralización de los procedimientos en cuanto a GEB y ordenó el archivo administrativo del caso.

El 24 de septiembre de 2005 Newport y Terraverde suscribieron un acuerdo intitulado “Settlement, Mutual Releases, Assignment and Subrogation Agreement”, mediante el cual ambas se relevaron de sus respectivas obligaciones, a cambio de que Newport cediera a Terraverde todos sus derechos de subrogación y de indemnización contra GEB, Efraín Rivera y Brenda Nieves para el proyecto de Camino Terraverde.

El TPI continuó los procedimientos en cuanto a las controversias entre Erluca y Newport. Ante los aspectos técnicos y especializados de ingeniería y construcción envueltos en el caso, el TPI, mediante Orden emitida y notificada el 10 de abril de 2014, designó como Comisionado Especial al licenciado e ingeniero Manuel A. Oliveras Rodríguez (“Comisionado Especial”).

La Orden confirió al Comisionado Especial todos los poderes y facultades establecidos en la Regla 41.3 y 41.5 de las de Procedimiento Civil. Además, el TPI le facultó para:

  1. Celebrar vistas y regular los procedimientos en toda vista celebrada ante él.

  2. Realizar cualquier acto y tomar cualquier medida que fuera necesaria o adecuada para el cumplimiento eficiente de sus deberes bajo [la] orden.

  3. Podrá exigir que se produzca ante él cualquier prueba sobre todos los asuntos comprendidos en su encomienda, incluyendo la producción de todos los planos, mapas, libros, papeles, comprobantes y otros documentos y escritos pertinentes y necesarios para adjudicar las controversias.

  4. Para decidir sobre la admisibilidad de la prueba.

  5. Tendrá la facultad de juramentar testigos y examinarlos y citar a las partes en el pleito y examinarlas bajo juramento.

  6. Tendrá la facultad de recomendar la imposición de sanciones a las partes o sus representantes legales, en caso de incumplimiento de sus órdenes. (Apéndice 12, página 75-76).

    La Orden también dispone que:

    ….

    El Comisionado podrá requerir a los abogados de las partes que celebren conferencias preliminares entre sí o que rindan informes de su prueba a los fines de que el señor Comisionado y las partes puedan estar debidamente preparados. De entender, el Comisionado Especial, luego de celebrar una o más conferencia, que es conveniente y necesario permitir a las partes descubrimiento de prueba adicional, podrá así permitirlo. ….

    …. (Apéndice 12, página 77).

    El Comisionado Especial celebró cinco vistas en su fondo, los días 20 y 21 de abril y 18, 19 y 21 de mayo de 2015.

    La prueba documental estipulada por las partes y admitida por el Comisionado Especial fue la siguiente:

    Exhibit 1- Por Estipulación: AIA Document A107-1997.

    Exhibit 2- Por Estipulación: Master Surety Agreement.

    Exhibit 3- Por Estipulación: Performance and Payment Bond.

    Exhibit 4- Por Estipulación: Carta del 15 de febrero de 2005 de GEB suscrita por Efraín Rivera Soler a Ing. Carlos González e Ing. Enrique Santiago.

    Exhibit 5- Por Estipulación: Carta del 15 de febrero de 2005 de GEB suscrita por Efraín Rivera Soler a Ing. Luis A. Rubí Barber.

    Exhibit 6- Por Estipulación: Carta del 4 de abril de 2005 de GEB a Erluca.

    Exhibit 7- Por Estipulación: Carta del 3 de mayo de 2005 de la Lcda. S. Ugarte a Lcdo.

    Lora (Newport).

    Exhibit 8- Por Estipulación: Carta del 4 de mayo de 2005 de Newport (Lcdo. Lora) a la Lcda. Ugarte.

    Exhibit 9- Por Estipulación Acta de Inspección de Obra del Condominio Chalets Paseo Real (Escritura Núm. 21 otorgada ante el Notario Freddie Berríos Pérez el 27 de junio de 2007) cabe destacar que esta acta tiene 24 folios y a la misma se le anejaron 301 fotografías y una certificación de “Resolución corporativa del 27 de junio de 2002”.

    Exhibit 10- Por Estipulación: Account Reconciliation

    Exhibit 11- Por Estipulación: Copia de cheques emitidos a GEB por Erluca por la suma de $1,393,841.80.

    Exhibit 12- Por Estipulación: Copia de cheques emitidos a Newport por Erluca por la suma de $472,633.71.

    Exhibit 13- Por Estipulación: Carta del 16 de febrero de 2005 de Erluca a GEB.

    Exhibit 14- Por Estipulación: Carta del 10 de febrero de 2005 de Erluca a GEB.

    Exhibit 15- Por Estipulación: Carta del 16 de diciembre de 2005 del Lcdo. Lora al Sr.

    Luis Rubí.

    Exhibit 16- Por Estipulación: Carta del 27 de diciembre de 2005 del Sr. Luis Rubí al Lcdo. Lora.

    Exhibit 17- Por Estipulación: Planos revisados aprobados por ARPe.

    Cabe señalar que de la transcripción de la vista en su fondo[3], celebrada el 20 de abril de 2015 ante el Comisionado Especial, surge que en ésta las partes estipularon los Exbibits 15 al 17.

    Asimismo, los abogados de las partes presentaron ante el Comisionado Especial un “Informe de Conferencia Preliminar con Antelación al Juicio”(sic), en el cual informaron las siguientes estipulaciones:[4]

  7. En o alrededor del 27 de octubre de 2003 el Sr. Efraín Santiago Soler y su esposa Brenda Nieves firmaron un Contrato de Indemnización con Newport Bonding and Surety Company (en adelante “Newport”).

  8. El 3 de septiembre de 2003, Erluca, Inc. contrató al contratista Geb Development, Corp., para la construcción del proyecto conocido como Chalet de Paseo Real en Río Piedras. (Abbreviated Standard form of Agreement between Owner and Contractor for Construction Projects of Limit Scope where basis of Payment is a Stipulated Sum...

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