Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Abril de 2017, número de resolución KLRA201700142

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201700142
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución28 de Abril de 2017

LEXTA20170428-0160-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-CAGUAS

PANEL ESPECIAL OA NÚM. TA-2017-041

IN RE: v. ENERGY ANSWERS ARECIBO, LLC
KLRA201700142
Revisión Administrativa Res. Núm.: R-16-17-1

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, la Jueza Colom García y el Juez Rodríguez Casillas

Colom García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de abril de 2017.

Rafael Bey Nazario, Javier Biaggi Caballero, Wilfredo Vélez Hernández, Jesús García Oyola, Magda Ramírez Molina, Marcos Chacón Moya, Carlos M. García Berríos, Luisa Margarita Águila Nieves, Teresa Sánchez, Basura Cero Puerto Rico, Inc., y Ciudadanos en Defensa del Ambiente (CEDDA) [en adelante “opositores”], acuden ante nosotros en recurso de revisión. Solicitan la revocación de una Resolución emitida el 16 de diciembre de 2014 por la Junta de Calidad Ambiental [en adelante “La Junta” o “JCA”]. Allí, deniegan la revocación del permiso PSO final otorgado a Energy Answers Arecibo, LLC para la Planta de Generación de Energía Renovable y Recuperación de Recursos a ser ubicada en el Bo. Cambalache en el Municipio de Arecibo.

Energy Answers ha presentado su alegato por lo que con el beneficio de su comparecencia evaluamos y, luego de así proceder, determinamos REVOCAR la Resolución recurrida, devolver el asunto a La Junta para que, sin más dilación, proceda actuar y resolver conforme el debido trámite requiere y aquí se le instruye.

ANTECEDENTES

Hemos estudiado el calvario procesal que expone el expediente según presentado por las partes, el aturdimiento administrativo motiva nuestra más enérgica indignación. Realizamos una exposición integral de los hechos que informa esta causa para una completa y cabal comprensión del errado y tortuoso trámite acaecido.

Conforme surge del expediente, Energy Answers presentó ante La Junta una solicitud para la Aprobación de Ubicación y el Permiso para construir una Fuente de Emisión (Solicitudes Núm. PFE-07-0811-0468-I-II-III-C).

Ello, al amparo de las Reglas 201 y 203 del Reglamento para el Control de la Contaminación Atmosférica, según enmendado, Reglamento Núm. 5300 del 28 de agosto de 1995 [en adelante “RCCA”]. De ese modo, dio comienzo el proceso informal, no adjudicativo, de concesión de permiso ante La Junta.

Durante la evaluación del permiso, el personal del Área de Calidad de Aire de La Junta redactó un borrador de Permiso de Construcción de Fuente de Emisión y Aprobación de Ubicación. Preparado el mismo, La Junta llevó a cabo vistas públicas. A esos efectos, La Junta publicó el Aviso Público en dos rotativos de circulación general, publicó el Borrador de Permiso en la página de internet oficial de la agencia y en su biblioteca. La Junta recibió comentarios por escrito durante más de 60 días y celebró la vista pública en noviembre de 2012. Así las cosas, casi dos años después, el 17 de octubre de 2014, el Panel Examinador rindió su Informe de Recomendación ante la Junta de...

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