Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Mayo de 2017, número de resolución KLRA201600701

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201600701
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2017

LEXTA20170523-017 - Eliud R. Molinares Ortiz v. Home Depot PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN- CAGUAS

PANEL IV

ELIUD R. MOLINARES ORTIZ
Recurrido
v.
HOME DEPOT PUERTO RICO, INC. Y/O HOME DEPOT
Recurrente
KLRA201600701
REVISIÓN ADMINISTRATIVA
procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor
Querella:
SJ0012890
SOBRE:
Contrato de Obras y Servicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Juez Colom García y la Juez Cortés González

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de mayo de 2017.

Home Depot Puerto Rico, Inc. (Home Depot) nos presenta un escrito en el que solicita la revisión de una resolución emitida por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). En ella, el foro administrativo le ordenó a Home Depot el cumplimiento específico de lo pactado entre las partes y el pago de $5,000.00 en daños y perjuicios a la parte querellante, el señor Eliud R.

Molinares Ortiz.

Examinados los documentos que surgen del expediente y por los fundamentos que exponemos a continuación, CONFIRMAMOS la determinación administrativa recurrida. Veamos.

I

El 16 de junio de 2014, el señor Molinares Ortiz presentó una querella en contra de Home Depot. Alegó que en diciembre de 2013 le pagó

$10,500 a Home Depot para construir una cocina en su residencia principal; que el trabajo contratado comenzaría en febrero de 2014 y tardaría un máximo de 5 días, pero que comenzaron el 12 de marzo de 2014 y el trabajo realizado por Home Depot no cumplió con las especificaciones acordadas y que éstas eran necesarias por sus necesidades como persona discapacitada. El señor Molinares Ortiz solicitó como remedio: que Home Depot completara los trabajos de remodelación de la cocina en su residencia; y la acreditación de $8,000 por: anuncios engañosos; personal no capacitado para realizar el trabajo y compensación por los daños sufridos.

El 17 de septiembre de 2014, DACo celebró la vista administrativa y a ella sólo compareció el señor Molinares Ortiz, acompañado de su abogado. El DACo esperó 35 minutos por Home Depot y ante la incomparecencia del querellado, celebró la vista en rebeldía. El DACo señaló que obraba en el expediente prueba de la notificación y la citación correspondiente y que no hubo justificación para la incomparecencia.

El DACo emitió la correspondiente Resolución, el 29 de mayo de 2015.

En ella, consignó las determinaciones de hechos y conclusiones de Derecho. En efecto, el DACo determinó que las partes contrataron la remodelación de la cocina del señor Molinares Ortiz y que Home Depot no cumplió con realizar el trabajo de conformidad con el plano y tardó un tiempo irrazonable. Le ordenó a Home Depot a que le acreditara al señor Molinares Ortiz $8,000. Home Depot solicitó la reconsideración de la Resolución, impugnó unas determinaciones de hechos del DACo y arguyó que no procedía la acreditación de $8,000, porque el señor Molinares Ortiz solicitó el cumplimiento específico de la obligación en controversia. El DACo emitió una Resolución en reconsideración, indicó que hubo un error en el año de los hechos impugnados; estos se referían al año 2014 y no 2015. En relación al crédito de los $8,000, resolvió que procedía enmendar la Resolución para declarar resuelto el contrato y ordenar la devolución de las contraprestaciones. Por consiguiente, le ordenó a Home Depot acreditar a la tarjeta de crédito del señor Molinares Ortiz la cantidad de $10,500 y a retirar los gabinetes en controversia.

No conforme con lo resuelto por el DACo, Home Depot acudió ante el Tribunal de Apelaciones mediante recurso de revisión judicial, Eliud Molinares Ortiz v. Home Depot, Tu Plano, KLRA201500841. Evaluados los señalamientos de error, el Tribunal de Apelaciones confirmó las determinaciones de hechos del DACo; sostuvo la vista celebrada en rebeldía; y concluyó que el DACo no actuó correctamente al decretar resuelto el contrato, puesto que en la querella presentada, el señor Molinares Ortiz no solicitó la resolución del contrato como alternativa, sino que solicitó el cumplimiento específico del contrato y la concesión...

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