Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Febrero de 2018, número de resolución KLRA201700879

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201700879
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2018

LEXTA20180209-008 - Vargas Morales Contruction Corp. v.

Junta De Subasta Municipio De Salinas

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE GUAYAMA

VARGAS MORALES CONTRUCTION CORP.
Recurrente
V.
JUNTA DE SUBASTA MUNICIPIO DE SALINAS
Recurrido
KLRA201700879
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Junta de Subasta del Municipio de Salinas Sobre: Impugnación de Subasta Municipal

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí; la Juez Lebrón Nieves y la Juez Méndez Miró

Lebrón Nieves, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de febrero de 2018.

La parte recurrente, Vargas Morales Construction Corp., comparece ante nos y solicita nuestra intervención, a los fines de que dejemos sin efecto la determinación de la Junta de Subastas del Municipio de Salinas del 12 de diciembre de 2017. Mediante la aludida determinación, el referido foro determinó no adjudicar a ninguno de los licitadores la Subasta para la Administración, Operación y Mantenimiento del Cementerio Municipal de Salinas.

Por los fundamentos expuestos a continuación, confirmamos el dictamen recurrido.

I

El 2 de junio de 2017, la Junta de Subastas del Municipio de Salinas cursó una Solicitud de Propuestas para la Administración, Operación y Mantenimiento del Cementerio Municipal de Salinas a los siguientes cuatro (4)

proveedores: Professional Landscaping & Cleaning Services, Vargas Morales Construction Corp., parte recurrente, L & M Ornamental and Maintenance Group Inc. y Alternative Exterminating. La Junta recibió propuestas de Vargas Morales Construction Corp. y L & M Ornamental and Maintenance Group Inc. Luego de evaluarlas, la Junta determinó no adjudicar la solicitud de propuesta a ninguno de los dos licitadores. El 19 de julio de 2017, la Junta notificó a las partes su determinación.

En desacuerdo con dicha decisión, Vargas Morales Construction Corp.

compareció ante este Foro Apelativo mediante un recurso previo, impugnándola. Alegó, entre otras, que la notificación cursada por la Junta era defectuosa. El 31 de octubre de 2017, este Tribunal acogió

dicho planteamiento, dejó sin efecto la notificación y ordenó a la Junta emitir una nueva notificación. En cumplimiento con dicha orden, el 12 de diciembre de 2017, la Junta emitió una notificación de adjudicación enmendada de subasta, mediante la cual determinó no adjudicar la subasta a ninguno de los licitadores.

La Junta determinó no adjudicar la subasta a Vargas Morales Construction Corp. debido a que dicha compañía requería que se le otorgara exclusividad en todo servicio de enterramiento...

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