Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Febrero de 2018, número de resolución KLAN201800033

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201800033
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2018

LEXTA20180223-006 - Victor Morales Morales H/n/c Victor Morales Construction - v. Carlos Barens Perez Y Otros Demandado -

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE GUAYAMA

VÍCTOR MORALES MORALES H/N/C VÍCTOR MORALES CONSTRUCTION
Demandante - Apelante
V.
CARLOS BARENS PÉREZ
Y OTROS
Demandado - Apelado
KLAN201800033
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama Caso Núm.: G CD2011-0409 Sobre: Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Martí; la Juez Lebrón Nieves y la Juez Méndez Miró

Lebrón Nieves, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de febrero de 2018.

La parte apelante, Víctor Morales Morales h/n/c Víctor Morales Construction, comparece ante nos y solicita nuestra intervención, a los fines de que dejemos sin efecto el pronunciamiento emitido por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayama, el 29 de septiembre de 2016, debidamente notificado a las partes el 18 de octubre de 2016. Mediante la aludida determinación, el foro a quo desestimó el pleito de epígrafe, con perjuicio.

Por los fundamentos expuestos a continuación, revocamos la Sentencia apelada y devolvemos el caso al Tribunal de Primera Instancia para la continuación de los procedimientos.

I

El 29 de noviembre de 2011, el contratista Víctor Morales Morales h/n/c Víctor Morales Construction, parte apelante, presentó una Demanda sobre cobro de dinero en contra de Carlos Barens Pérez, por sí y en representación de OMB Construction Corp. y MCO Constructors Corp.; Antonio Ortiz Rivera, María S.

Hernández Román y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta entre ambos; Luis Morales Solano, Mildred I. Colón y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta entre ambos; y MAPFRE de Puerto Rico.[1] Por virtud de la demanda de autos, el señor Morales Morales reclamó el cobro de una alegada deuda de $102,433.90 por concepto de materiales y mano de obra suplidos a OMB y MCO para dos proyectos de construcción, denominados Solimar y Valles de Patillas.[2]

El 9 de agosto de 2012, el señor Barens Pérez presentó su Contestación a la Demanda y Demanda Contra Co-parte. Negó la mayoría de las alegaciones y levantó múltiples defensas afirmativas, entre otras, que no suscribió contrato alguno con el señor Morales Morales. Afirmó que quienes entraron en acuerdos con el señor Morales Morales fueron los señores Ortiz Rivera y Morales Solano, en cuyo caso, de resultar que se adeudaba balance alguno, eran ellos y sus respectivas sociedades conyugales quienes único debían responder.

Por su parte, el 14 de diciembre de 2011, los señores Ortiz Rivera y Morales Solano, sus esposas y las respectivas sociedades gananciales, presentaron su Contestación a la Demanda. Alegaron haber satisfecho la deuda de autos en su totalidad, mediante dos cheques de gerente del Banco Popular, uno por la cantidad de $34,005.15 expedido por MCC Developers, Corp., corporación perteneciente al señor Barens Pérez, y otro por la cantidad de $68,008.30 emitido por GAMMA Engineering Services, Corp., corporación propiedad de los señores Ortiz Rivera y Morales Solano, para un desembolso total de $102,013.45. Añadió que luego de la entrega de dichos cheques, las partes de epígrafe suscribieron un acuerdo transaccional y relevo de responsabilidad, en cuyo caso, el señor Morales Morales estaba impedido de instar la demanda de autos.

El 8 de marzo de 2012, MAPFRE presentó su Contestación a la Demanda.

Aceptó que expidió la fianza de pago y cumplimiento con MCO como principal para el proyecto Valles de Patillas y que hizo lo propio con OMB para el proyecto de Solimar. Sin embargo, no reconoció ninguna de las cantidades que le fueron reclamadas en la demanda como sumas adeudadas al señor Morales Morales. Alegó afirmativamente que los aludidos proyectos fueron liquidados; que el señor Morales Morales recibió el pago de lo adeudado y que se suscribió un relevo de conformidad entre las partes.

El 17 de diciembre de 2013, los señores Ortiz Rivera y Morales Solano presentaron una Moción en Solicitud de Desestimación. Arguyeron que la reclamación de autos no justifica la concesión de un remedio toda vez que: 1) el dinero que se reclama ya se satisfizo; 2) los demandados no actuaron en su carácter personal, sino en calidad de oficiales de las corporaciones OMB y MCO; 3) el señor Morales Morales está actuando en contra de sus propios actos, ya que recibió el dinero y otorgó el relevo a favor de las corporaciones OMB y MCO; y 4) las partes acumuladas no tienen responsabilidad alguna sobre la cuantía reclamada.

El 15 de mayo de 2014, OMB presentó una Moción en Solicitud de Sentencia Sumaria. Sostuvo que con el desembolso de $102,013.45 antes relacionado, se le relevó de todo pago presente y futuro. También hizo referencia a que el acuerdo de transacción y relevo general suscrito por las partes de epígrafe extinguió la obligación y/o el balance alegadamente adeudado por concepto de ambos proyectos. El 23 de junio de 2014, el señor Morales Morales presentó una Moción en Oposición a la Solicitud de Sentencia Sumaria. Estableció que con relación al proyecto Valles de Patillas, MCO le adeudaba la suma de $67,200. De otro lado, con relación al proyecto Solimar, alegó que luego de que la fiadora MAPFRE realizara el pago de $102,013.45, OMB le...

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