Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Febrero de 2018, número de resolución KLRA201800074

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201800074
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2018

LEXTA20180226-016 - Departamento De Educacion v. Asociacion De Maestros De PR-local Sindical

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-CAGUAS

PANEL II

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
Recurrido v.
ASOCIACIÓN DE MAESTROS DE PUERTO RICO-LOCAL SINDICAL
Recurrente
COMISIÓN APELATIVA DEL SERVICIO PÚBLICO (CASP)
Agencia Administrativa
KLRA201800074
REVISIÓN ADMINISTRATIVA
procedente de la Comisión Apelativa del Servicio Público
Caso Núm.
AQ-17-0072
SOBRE:
Suspensión de Empleo y Sueldo por tres meses

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Bonilla Ortiz

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de febrero de 2018.

Comparece la Asociación de Maestros de Puerto Rico-Local Sindical, en representación de la profesora Yolanda Hernández Alemán (en adelante, “parte recurrente”), mediante un recurso de revisión judicial en el que solicitó la revisión de una Resolución dictada por la Comisión Apelativa del Servicio Público (CASP). En el dictamen impugnado, la CASP declaró el archivo y cierre del presente caso con perjuicio.

Por los fundamentos que se exponen a continuación, desestimamos el presente recurso por falta de jurisdicción, ante su presentación prematura. Veamos.

I.

A continuación, resumiremos únicamente aquellos hechos procesales que inciden sobre nuestra determinación.

La profesora Hernández Alemán presentó el 7 de febrero de 2017 una Solicitud de Quejas y Agravios ante la CASP para impugnar una determinación del entonces Secretario de Educación, Rafael Román Meléndez, de suspenderla de empleo y sueldo por tres (3) meses. La vista ante la CASP fue señalada para el 31 de julio de 2017. No obstante, el Departamento de Educación (en adelante, “DE”) no compareció a dicha vista. En virtud de esto, la CASP emitió una Orden para Mostrar Causa mediante la cual ordenó al DE a exponer las razones por las cuales no compareció a la vista.

Posteriormente, el DE presentó una Moción Urgente solicitando la paralización de los procedimientos ante el Foro por la Radicación de la Quiebra del Gobierno de Puerto Rico Bajo el Titulo III de la Ley PROMESA. El 17 de septiembre de 2017 la Asociación de Maestros presentó una Moción Informativa y en Solicitud de Término. La CASP concedió hasta el 8 de diciembre de 2017 para que la Asociación de Maestros informara...

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