Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Abril de 2018, número de resolución KLCE201800523

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201800523
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución19 de Abril de 2018

LEXTA20180419-008 - El Pueblo De PR v. Lary Mar De Jesus

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE GUAYAMA-HUMACAO-FAJARDO

PANEL XII

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido
v.
LARY MAR DE JESÚS Peticionario
KLCE201800523
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo Crim. Núm.: NSCR201800053 al NSCR201800063 (306) Por: Art. 58 Ley 246 (11 cargos)

Panel integrado por su presidenta la Juez Coll Martí, la Juez Lebrón Nieves, el Juez Rivera Colón[1]

Coll Martí, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de abril de 2018.

Comparece la Lcda. Haydeé Calderón Muñoz y nos solicita que revisemos una Resolución emitida el 2 de abril de 2018, notificada el 3 del mismo mes y año.

Mediante la aludida determinación, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo, denegó la solicitud de relevo de representación legal presentada por la Lcda. Calderón. Por los fundamentos que discutiremos, se expide el auto y se revoca la determinación recurrida.

Veamos los hechos.

I

El 23 de junio de 2017 la Lcda. Calderón Muñoz fue designada como la abogada de oficio de la Sra. Lary Mar De Jesús. Así las cosas, el 7 de noviembre de 2017 la Lcda. Calderón Muñoz presentó una Moción Anunciando Renuncia de Representación Legal en la que solicitó ser relevada de la designación de oficio debido a que, a raíz del paso del Huracán María, se relocalizó al estado de Texas. El 8 de noviembre de 2017, notificada al siguiente día, el foro primario denegó la solicitud de la Lcda. Calderón Muñoz.

Surge del expediente apelativo que la Vista Preliminar pautada para el 3 de noviembre de 2017 fue reseñalada, dado que ni la Lcda. Calderón Muñoz ni la imputada comparecieron a la misma. La Vista Preliminar quedó recalendarizada para el 12 de diciembre de 2017. Ante ello, el 21 de noviembre de 2017 la Lcda.

Calderón Muñoz presentó una “Moción Informativa en Respuesta a Orden” en la que informó que regresaría a Puerto Rico en el mes de enero de 2018, por lo que no asistiría a la vista preliminar pautada para el mes de diciembre de 2017.

Asimismo, informó varias fechas disponibles para reunirse con el fiscal Luis Castro.

Posteriormente, el 9 de febrero de 2018 la Lcda. Calderón Muñoz presentó una “Moción Solicitando Renuncia de Representación Legal” en la que solicitó ser relevada de la designación de oficio, toda vez que el 6 de febrero de 2018 comenzó a trabajar con la agencia federal Small Business Administration (SBA). Así pues, el foro primario atendió la solicitud de la Lcda. Calderón Muñoz y determinó que el asunto se discutiría en la vista del 27 de febrero de 2018. Del expediente apelativo surge que la Lcda. Calderón Muñoz no compareció a la mencionada vista y que el tribunal ordenó que mostrara causa por su incomparecencia. Ante ello, el 5 de marzo de 2018 la Lcda. Calderón Muñoz presentó una “Moción Reiterando Solicitud de Relevo de Representación Legal” en la que informó que no compareció a la vista del 27 de febrero de 2018 debido a que estaba trabajando para la SBA de lunes a sábado de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.

Asimismo, acotó que su representada tenía conocimiento y que en conversaciones con el Fiscal...

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