Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Abril de 2018, número de resolución KLCE201800427
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201800427 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2018 |
| KLCE201800427 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Sobre: Incumplimiento de Contrato, Sentencia Declaratoria y Solicitud de Certificación del Pleito como Uno de Clase Caso Número: D AC2016-1423 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Flores García, la Jueza Domínguez Irizarry y el Juez Cancio Bigas
Domínguez Irizarry, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 20 de abril de 2018.
Comparece la peticionaria, Hacienda Los Eucaliptos, Inc. et als., y nos solicita la revisión del pronunciamiento emitido por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, el 27 de febrero de 2018. Mediante dicho dictamen, el foro de primera instancia declaró No Ha Lugar la Moción Solicitando Sentencia Sumaria presentada por la parte peticionaria, así como la Moción en Oposición a que se Dicte Sentencia y Solicitud de Sentencia Sumaria presentada por la parte recurrida, Corporación de Seguros Agrícolas.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, se deniega la expedición del auto solicitado.
El 14 de julio de 2016, la parte peticionaria presentó una demanda de cobro de dinero e incumplimiento de contrato y sentencia declaratoria contra la parte recurrida. En esencia, se alegó que la parte recurrida les había cobrado, de manera ilegal, primas de seguros agrícolas de años anteriores. Según se esbozó, las partes en este caso no tenían obligaciones recíprocas, ya que los contratos de póliza en cuestión nunca advinieron a la vida jurídica por la falta de pago de la prima de seguro.
Luego de varios trámites procesales, el 29 de agosto de 2017, la parte peticionaria presentó una Moción Solicitando Sentencia Sumaria. En ella, se adujo que, según los informes de transición, la Administración para el Desarrollo de Empresas Agropecuarias (ADEA) adeudaba a la Corporación de Seguros Agrícolas la cantidad de $7,139,396.00, monto que mayormente comprendía del dinero que la ADEA se había comprometido en pagarle a la parte recurrida para el pago de primas de seguros expedidas a favor de los agricultores. A base de ello se esbozó que, al no haberse realizado los pagos correspondientes, las pólizas de seguro no advinieron a la vida jurídica, por lo que la Corporación estaba...
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