Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2018, número de resolución KLCE201701509

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201701509
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Abril de 2018

LEXTA20180430-081 - Shelley Ann Otero Velez v. Victor L.

Schroder Muñoz Muñoz

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y CAGUAS

PANEL II

SHELLEY ANN OTERO VÉLEZ
Peticionario
v.
VÍCTOR L. SCHRODER MUÑOZ MUÑOZ; y otros
Recurrido
KLCE201701509
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan Civil Núm.: K PE2012-1151 Sobre: Acción Derivativa, Acción Directa, Contrato en Daño de Tercero, Daños y Perjuicio

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Bonilla Ortiz.

Bonilla Ortiz, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 30 de abril de 2018.

Comparece, Shelly Ann Otero Vélez (Sra. Otero) mediante un recurso de certiorari presentado el 28 de agosto de 2017 en el que solicitó la revocación de dos dictámenes, uno emitido el 4 de agosto de 2017, notificado el 9 de agosto de 2017 y otro emitido el 15 de agosto de 2017, notificado el 23 de agosto de 2017 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan.

Por los fundamentos que se exponen a continuación, expedimos el auto certiorari solicitado y CONFIRMAMOS la Sentencia apelada.

I.

A continuación, reseñamos únicamente los incidentes procesales relevantes que sirven de fundamento para nuestra decisión.

El 11 de octubre de 2012 la Sra. Otero presentó una demandada de acción derivativa, acción directa, contrato en daño de tercero y daños y perjuicios en contra del Sr. Schroder y otros.

Luego de un extenso trámite procesal el 16 de febrero de 2016 el foro primario dictó sentencia por estipulación. En lo pertinente a este dictamen, como parte de los acuerdos alcanzados para la liquidación de los bienes, las partes convinieron que “[l]os fondos en la cuenta de inversiones de Ameritrade se dividirán de la siguiente manera: 40% a la Señora Otero Vélez y un 60% al señor Schroder Muñoz en el momento en que se adjudiquen”.

Posterior a que la Sentencia adviniera final y firme, se suscitaron reclamaciones de ambas partes para hacer cumplir los acuerdos alcanzados. En atención a las solicitudes de las partes, el 6 de marzo de 2017 el tribunal emitió un dictamen en el que ordenó a las partes que se reunieran y se esforzaran por llegar a un acuerdo en cuanto a las controversias post sentencia o “de no lograrlo se le referirá esta controversia al Lic. Jorge Azize”.

En lo aquí pertinente, el 29 de marzo de 2017 la Sra. Otero informó que después de varios intentos las partes no pudieron llegar a ningún acuerdo.

Por ello, solicitó que se le ordenara al Sr. Schroder a suscribir los documentos necesarios para que se pudiera liquidar la cuenta de Ameritrade según lo acordado.

Por su parte, el 3 de abril de 2017 el Victor L. Schroder (Sr.

Schroder) presentó una solicitud de embargo y oposición a solicitud de orden presentada por la Sra. Otero. Planteó que entre las partes existe otro caso, el caso D DI2011-2515, y que, en dicho caso, el tribunal de instancia dictó una Resolución...

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