Sentencia de Tribunal Apelativo de 4 de Mayo de 2018, número de resolución KLRA201800079

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201800079
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2018

LEXTA20180504-007 - On The Rocks Llc v. Oficina De Gerencia De Permisos

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y CAGUAS

PANEL IV

ON THE ROCKS LLC
Recurrente
v.
OFICINA DE GERENCIA DE PERMISOS
Recurrida
KLRA201800079
REVISIÓN JUDICIAL procedente de la Oficina de Gerencia de Permisos Caso Núm.: 2017-211268-SDR-001700 Sobre: Denegación de permiso de construcción para legalización de verja.

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Cintrón Cintrón y la Jueza Rivera Marchand.

Jiménez Velázquez, jueza ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 4 de mayo de 2018.

Comparece On The Rocks, LLC mediante este recurso de revisión judicial para que revoquemos la Resolución de Revisión Administrativa emitida por la Oficina de Gerencia de Permisos el 11 de enero de 2018. En virtud de dicho dictamen la agencia declaró No Ha Lugar el recurso de revisión administrativa presentado por la parte recurrente, mediante el cual procuraba la aprobación de una consulta de construcción.

Con el beneficio de comparecencia de las partes, procedemos a resolver.

I

El 10 de noviembre de 2016, On The Rocks, LLC (On The Rocks) presentó ante la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) una consulta de construcción para la legalización de una verja sólida en hormigón reforzado en una propiedad localizada en la Carr. PR-459, Calle Galeta #470, Bo. Bejucos del Municipio de Isabela. La verja tiene una altura de 8’-1” en las columnas y de 6’-8” en las paredes. A su vez está construida en las colindancias Oeste y Sur de la propiedad frente a la Calle Galeta. La verja se prolonga al solar colindante también perteneciente a On The Rocks. Además, ambos laterales de la propiedad colindan a su vez con una vía vehicular.

El 24 de agosto de 2017, la OGPe emitió una determinación de No Favorable a la consulta de construcción. Se le requirió a On The Rocks conformar la verja existente a los parámetros de altura y visibilidad establecidos en la Sección 22.2.1(a) y (b) del Reglamento Conjunto de 2010[1].

Inconforme, On The Rocks presentó un recurso de Revisión Administrativa ante la División de Revisiones Administrativas de la OGPe, el cual fue acogido por la agencia el 14 de septiembre de 2017.

Así las cosas, la vista administrativa se celebró el 5 de diciembre de 2017. En representación de On The Rocks, testificó la señora Melanie Dewit, propietaria del predio en cuestión, así como el Ing. José D. Centeno Calero, proponente. Además, testificaron los vecinos colindantes: Dr. Yamil Vázquez Ramos, Margarita Bibiloni Rodríguez y su hermana Sandra Bibiloni Rodríguez.

Escuchada y evaluada la prueba testifical y documental, el Oficial Examinador que presidió la vista emitió su informe el 10 de enero de 2018, mediante el cual recomendó declarar Ha Lugar la revisión.[2]

Sin embargo, el Juez Administrador obró contrario a la recomendación del Oficial Examinador. El 11 de enero de 2018 la agencia emitió la Resolución de Revisión Administrativa recurrida, mediante la cual declaró No Ha Lugar la revisión. La agencia concernida concluyó que On The Rocks no presentó prueba que demostrara que la OGPe actuó erradamente al denegar la solicitud de consulta de construcción. “En el presente caso, no se ha establecido cómo la magnitud de las variaciones solicitadas representan un modo efectivo que garantice la seguridad. Cabe destacar que los dos (2) patios delanteros dan acceso a varios predios (unos desarrollados y otros no). Tampoco se ha demostrado que el no permitir la variación tan intensa represente una confiscación del predio”.[3]

Aun en desacuerdo con la decisión de la agencia, On The Rocks presentó el 12 de febrero de 2018 el recurso de revisión administrativa que nos ocupa. Identificó los siguientes errores:

ERRÓ LA OFICINA DE GERENCIA DE PERMISOS AL DETERMINAR QUE LA PARTE RECURRENTE NO PRESENTÓ PRUEBA QUE DERROTE LA PRESUNCIÓN DE REGULARIDAD, LEGALIDAD Y CORRECCIÓN DE LA DETERMINACIÓN DE LA OGPE; ASÍ COMO TAMPOCO SE DEMOSTRÓ QUE HUBIERA PARCIALIDAD O ABUSO DE DISCRECIÓN, CONTRARIO A ELLO ERRÓ

EL JUEZ ADMINISTRADOR AL DETERMINAR LA EXCLUSIÓN ARBITRARIA DE LAS RECOMENDACIONES DE UN INFORME FAVORABLE A LA RECURRENTE POR PARTE DEL OFICIAL EXAMINADOR DE LA AGENCIA.

ERRÓ LA OFICINA DE GERENCIA DE PERMISOS AL DETERMINAR QUE LA PARTE RECURRENTE NO PRESENTÓ EVIDENCIA QUE DEMUESTRE QUE LA OGPE ACTUÓ...

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