Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Mayo de 2018, número de resolución KLCE201800181

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201800181
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2018

LEXTA20180514-003 - El Pueblo De PR v. Richard Rosario Almena

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN Y CAROLINA

PANEL VII

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Peticionario
v.
RICHARD ROSARIO ALMENA
Recurrido
KLCE201800181 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Caso Número: BY2015CR00746

Panel integrado por su presidente, el Juez Flores García, la Jueza Domínguez Irizarry y el Juez Cancio Bigas

Flores García, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 14 de mayo de 2018.

Comparece, el Pueblo de Puerto Rico, por conducto de la Oficina del Procurador General, mediante el recurso discrecional de certiorari, y nos solicita nuestra intervención a los fines de revocar una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, que concedió la solicitud de supresión de identificación al amparo de la Regla 234 de Procedimiento Criminal, 34 LPRA Ap.

II, R. 234, y del debido procedimineto de ley, instada por la parte recurrida, Richard Rosario Alamena.

Hemos deliberado los méritos del recurso y concluimos no expedir el auto solicitado.

A pesar de que esta segunda instancia judicial no tiene que fundamentar su determinación al denegar un recurso de certiorari,[1]

en ánimo de que no quede duda en la mente de las partes sobre los fundamentos al ejercer nuestra facultad revisora, abundamos.

II

Según surge de los autos, el 24 de marzo de 2015, mientras la señora Vivian Rivera Colón se encontraba en el servicarro de un restaurante, un hombre, con cuchillo en mano, abrió la puerta del pasajero de su auto, se montó, y le requirió que lo condujera, hasta despojarla del auto. La perjudicada describió al individuo como de tez ”trigueña“, cara redonda, tenía gorra color clara, de 25 a 37 años, de 5’6” a 5’10”, y como si le estuviese saliendo barba.

Días después, la perjudicada recibió una llamada telefónica en la que le informaron el lugar donde se encontraba el automóvil, e identificó a la persona que le había robado el auto, como Richard “el pitufo”. Tras realizar una búsqueda en una red social, la perjudicada identificó al recurrido como la persona que cometió el atraco y obtuvo una fotografía.

La perjudicada informó el nombre del recurrido a la Policía, le mostró la fotografía que obtuvo de la red social y, eventualmente, lo identificó mediante fotografía.

Eventualmente, el Ministerio Público presentó varias...

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