Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Mayo de 2018, número de resolución KLCE201800442
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201800442 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 15 de Mayo de 2018 |
| | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Caso Núm.: E DP2017-0334 Sobre: Daños y Perjuicios |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Ramos Torres.
Ramos Torres, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 15 de mayo de 2018.
Comparece ante este Tribunal de Apelaciones la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico (en adelante ACT, parte demandada o peticionaria) y nos solicita la revisión de la sentencia parcial enmendada emitida el 5 de marzo de 2018 y notificada ese mismo día por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas. Mediante dicho dictamen, el Foro primario ordenó la paralización de la causa de acción en daños y perjuicios presentada por el señor Néstor Rivera Colón y otros (en adelante parte demandante o recurrida) en contra de la ACT, el Municipio Autónomo de Caguas y otros. A su vez, determinó que continuarían ventilándose las reclamaciones de cese y desista y sentencia declaratoria en este caso.
Adelantamos que se expide el auto de certiorari y se revoca la determinación recurrida.
El 12 de diciembre de 2017, el señor Néstor Rivera Colón y otros, presentaron una demanda en contra del Municipio Autónomo de Caguas (Municipio), la ACT, varias compañías aseguradoras y otros.
Alegaron que desde el año 2002 la ACT y el Municipio comenzaron a planificar la conversión de la Calle Zafiro, una calle residencial de una de las primeras Urbanizaciones Residenciales Modelo que se construyeron en Puerto Rico, en una Avenida/Expreso para facilitar el enorme tráfico entre las Avenidas y Expresos del Municipio de Caguas.[1] Añadieron que a causa de lo anterior, aumentó el paso de camiones, motoras, arrastres y vehículos por dicha vía y con ello, el ruido y los gases en el área, causándoles un grave daño a su salud, así como temor, ansiedad, inestabilidad física y angustias mentales. Ello así, solicitaron el cese y desista, así como una indemnización de $200,000.00 por cada demandante.
Oportunamente, la ACT presentó unaMoción asumiendo representación legal y en aviso de paralización de los procedimientos. Allí, solicitó la paralización de los procedimientos a la luz de la petición de quiebra presentada por la ACT el 21 de mayo de 2017. Varios días después, la parte demandante presentó su postura sobre el petitorio de paralización. Arguyó que la ACTtiene razón en cuanto a la solicitud de compensación de esta Demanda, pero no en cuanto a la Petición de Remedios Interdictales...
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