Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Mayo de 2018, número de resolución KLAN201800506

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201800506
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2018

LEXTA20180530-009 - Maribel Gonzalez Martinez v. Jorge Acosta Martinez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL IV

MARIBEL GONZÁLEZ MARTÍNEZ
Apelada
v.
JORGE ACOSTA MARTÍNEZ
Apelante
KLAN201800506
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Sobre: División Comunidad de Bienes Caso número: K AC2016-1131

Panel integrado por su presidenta la Juez Coll Martí, el Juez Flores García y el Juez Rivera Torres.

Flores García, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 30 de mayo de 2018.

Comparece la parte peticionaria, el señor Jorge Acosta Martínez, parte peticionaria, mediante el recurso discrecional de certiorari[1]

y solicita la revocación de una orden del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, emitida el 11 de abril de 2018 y notificada a las partes el 17 de abril de 2018. Mediante la misma el foro primario concedió una orden protectora a favor de la parte recurrida, tras un intento de la parte peticionaria de deponer a la parte recurrida sobre ciertos asuntos. Oportunamente, la parte peticionaria solicitó reconsideración, la que fue denegada.

Examinada la petición de certiorari, determinamos desestimar el recurso, por carecer de autoridad para entender en los méritos del mismo de conformidad con las disposiciones de la Regla 52.1 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 52.1.

I

La parte recurrida presentó una demanda sobre división de comunidad de bienes en contra el peticionario. En ella, alegó que se divorció del peticionario por la causal de consentimiento mutuo, por lo que acompañaron la petición de divorcio con las correspondientes estipulaciones. Alegó la parte recurrida que, en cuanto al inmueble sito en Caguas Real, Cluster 1 Apto. 131, Villas de Caguas Real Golf, Caguas, las partes estipularon hacerse responsable, en partes iguales, de los gravámenes sobre la propiedad.

No obstante, ante la realidad de que el inmueble lo ocupa y lo paga el hijo mayor de las partes, el señor Jorge R. Acosta González, la recurrida, solicitó liquidar la comunidad de bienes que mantiene con el peticionario sobre el inmueble antes descrito. Lo anterior, pues ninguna de las partes estaba aportando al pago del préstamo hipotecario conforme se estipuló. Así, solicitó se ordene la tasación de la propiedad y se distribuya el valor neto de la misma, entre las partes.

En su primera comparecencia, el peticionario contestó la demanda, presentó defensas afirmativas y solicitó la desestimación de la demanda. En apretada síntesis, aceptó que las partes estipularon...

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