Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Junio de 2018, número de resolución KLRA201600444

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201600444
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución18 de Junio de 2018

LEXTA20180618-017 - Martineau Hills v. Junta De Planificacion De PR Municipio Autonomo De Vieques Oficina De Gerencia De Permisos

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE AGUADILLA-FAJARDO

PANEL ESPECIAL

MARTINEAU HILLS, LLC;
INFRA LIMITED, S.E.
Recurrentes
V.
JUNTA DE PLANIFICACIÓN DE PUERTO RICO
MUNICIPIO AUTÓNOMO DE VIEQUES
OFICINA DE GERENCIA DE PERMISOS
Recurridas
__________________
KATHY GANNETT;
MIGUEL ÁNGEL REYES DE JESÚS
Recurrentes
V.
ALEJANDRO GARCÍA PADILLA, GOBERNADOR DE PUERTO RICO;
JUNTA DE PLANIFICACIÓN DE PUERTO RICO, REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE, LUIS GARCÍA PELATTI;
OFICINA DE GERENCIA DE PERMISOS, REPRESENTADA POR SU DIRECTOR EJECUTIVO, ALBERTO LASTRA POWER;
MUNICIPIO DE VIEQUES, REPRESENTADO POR SU ALCALDE, VÍCTOR EMERIC
Recurridos
KLRA201600444 cons. KLRA201600445
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Junta de Planificación Caso Núm.: 2014-DEC-00055 2015-DEC-00055 JP-PT-76-08 Sobre: Impugnación de aprobación de Plan de Ordenamiento Territorial, Municipio de Vieques

Panel integrado por la Jueza Lebrón Nieves, la Jueza Brignoni Mártir y el Juez Cancio Bigas[1].

Cancio Bigas, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de junio de 2018.

Comparece Martineau Hills LLC e Infra Limited, S.E. (Martineau/Infra o recurrentes) mediante el recurso de revisión KLRA201600444 y nos solicita que revoquemos y dejemos sin efecto la primera revisión integral del Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio Autónomo de Vieques (POTMAV), adoptado por la Junta de Planificación mediante la Resolución Núm. JP-PT-76-08 y aprobado finalmente por el Gobernador de Puerto Rico el 29 de marzo de 2016, mediante la Orden Ejecutiva Núm. OE-2016-009. Asimismo, solicitan la revocación de la Determinación de Cumplimiento Ambiental mediante Exclusión Categórica (DCA-EC) expedida el 12 de agosto de 2015 por la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe), como parte del trámite de aprobación del referido plan de ordenamiento territorial.

Por otro lado, mediante Resolución emitida el 14 de junio de 2016, consolidamos el caso anteriormente reseñado con el recurso de revisión KLRA201600445. En este último recurso comparecen la señora Kathy Gannett y el señor Miguel Ángel Reyes De Jesús (Gannett/Reyes o recurrentes), y al igual que Martineau/Infra nos solicitan la revisión de la Resolución Núm. JP-PT-76-08 de la Junta de Planificación y la Orden Ejecutiva del Gobernador Núm. OE-2016-009 mediante las cuales quedó aprobada la primera revisión integral del POTMAV.

A continuación, desglosamos brevemente el trasfondo fáctico y procesal pertinente.

I.

El 15 de octubre de 2013, el Municipio de Vieques (Municipio) y la Junta de Planificación de Puerto Rico (Junta de Planificación), suscribieron un acuerdo colaborativo para culminar con la elaboración de la primera revisión integral del POTMAV aprobado el 20 de diciembre de 2000. El proceso de revisión del POTMAV consta de tres (3) fases. La Fase I consiste de la revisión y actualización de la Enunciación de Objetivos, el Plan de Trabajo, el Memorial, así como los mapas y documentos relacionados al POTMAV. De igual manera, durante la Fase I se revisan y actualizan los programas de proyectos generales, los de vivienda de interés social, de suelo rústico y de ensanche relacionados al POTMAV. Por otro lado, durante la Fase II se analiza el avance del proceso de revisión del POTMAV. Finalmente, la Fase III consiste en el POTMAV final, incluyendo su Memorial General y Programa revisado, el Reglamento de Ordenación de Terrenos y la Forma Urbana del Municipio (Reglamento de Ordenación de Terrenos) y los Planos.

En atención a ello, se publicó el aviso de vista pública sobre la Fase I de la revisión integral del POTMAV en el periódico Primera Hora el 19 de marzo de 2015 y el 26 de marzo de 2015 en el periódico Índice Horizonte, así como en la página electrónica de la cuenta del Municipio en la red social Facebook. La referida vista quedó pautada para el 8 de abril de 2015 a la 1:30 pm en el Centro de Usos Múltiples del Municipio. Surge del expediente, que la vista de la Fase I se llevó a cabo en dos sesiones, los días 8 y 16 de abril de 2015. La Oficial Examinadora que presidió el proceso de vista en la Fase I preparó un informe sobre el particular dirigido a la Junta de Planificación.

Así las cosas, el 28 de julio de 2015 la Junta de Planificación presentó ante la OGPe una Solicitud de Determinación de Cumplimiento Ambiental vía Exclusión Categórica, acompañada de un memorial explicativo en relación a la revisión integral del POTMAV. En su petición la Junta de Planificación sostuvo que la acción a llevarse a cabo -la revisión del POTMAV- está contemplada como una Exclusión Categórica en la Resolución Núm. R-11-17 de la Junta de Calidad Ambiental (JCA), por lo cual procedía su solicitud. Por su parte, la OGPe expidió el 12 de agosto de 2015, en el caso Núm. 2014-DEC-00055, la DEA-EC para la revisión integral del POTMAV, conforme a la Resolución Núm.

R-11-17: 104 de la JCA.

La Junta de Planificación señaló para el 5 de noviembre de 2015 a las 4:00 pm, la celebración de vista pública en el Centro de Usos Múltiples del Municipio, para discutir la Fase II y la Fase III de la revisión integral del POTMAV. El aviso de la referida vista se publicó, en español e inglés, el 14 de octubre de 2015 en el periódico Primera Hora y en los semanarios Impacto en el Noreste e Índice Horizonte en las ediciones del 20 y 22 de octubre de 2015, respectivamente. De igual manera, se difundieron anuncios sobre la celebración de la referida vista pública en la estación de radio WMDD-AM 1480 Fajardo, los días 2 al 5 de noviembre de 2015 durante el horario de 7:15 am a 11:45 am.

La referida vista fue celebrada según pautada y una vez concluyó se les concedió a las partes un término de veinticinco (25) días para presentar comentarios ante la Junta de Planificación mediante correo electrónico. Surge del expediente, que los aquí recurrentes presentaron sus comentarios y recomendaciones a la Junta de Planificación. Por su parte, el Oficial Examinador que presidió la vista del 5 de noviembre de 2015, presentó su informe ante la Junta de Planificación el 20 de noviembre del mismo año.

Posteriormente, la Junta de Planificación y el Municipio presentaron ante la Legislatura del Municipio de Vieques los documentos del Memorial Final y Programa de la revisión integral del POTMAV, así como el Reglamento de Ordenación de Terrenos. El 24 de febrero de 2016, la Legislatura Municipal aprobó el plan final de la revisión integral del POTMAV, mediante la Ordenanza Núm. 34, Serie 2015-2016, la cual, a su vez, fue aprobada al día siguiente por el Alcalde del Municipio.

Por su parte, la Junta de Planificación mediante la Resolución Núm.

JP-PT-76-06 emitida el 4 de marzo de 2016 y notificada el 8 de abril de 2016, adoptó la primera revisión integral del POTMAV y el Reglamento de Ordenación de Terrenos. De igual manera, por medio de dicha Resolución la Junta de Planificación derogó el Plan de Área de Isabel Segunda, Esperanza y Mosquito (PAISEM). El 29 de marzo de 2016, el entonces Gobernador de Puerto Rico emitió el Boletín Administrativo Núm. OE-2016-009, mediante el cual aprobó la primera revisión integral del POTMAV, el Reglamento de Ordenación de Terrenos y la derogación del PAISEM.

A tales efectos, la Junta de Planificación publicó el 11 y 12 de abril de 2016 en el periódico Primera Hora, un Aviso Público en el que notificó la adopción y aprobación de la primera revisión integral del POTMAV. Sin embargo, en el referido aviso se indicaba...

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