Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Junio de 2018, número de resolución KLAN201800178

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201800178
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Junio de 2018

LEXTA20180627-002 - Carlos F. Deliz Martinez v.

Professional Hospital

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN Y CAROLINA

PANEL VII

CARLOS F. DELIZ MARTÍNEZ, ET AL.
Apelantes
V
PROFESSIONAL HOSPITAL, ET AL.
Apelados
KLAN201800178 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Sobre: Impericia médica Caso Número: D DP2014-0555

Panel integrado por su presidente, el Juez Flores García, la Jueza Domínguez Irizarry y el Juez Cancio Bigas

Flores García, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 27 de junio de 2018.

I. Introducción

La parte apelante, Carlos F. Deliz Martínez, Carmen S. Cruz Ortiz y Brenda I. Deliz Martínez, comparece ante nos y solicita nuestra intervención, a los fines de que dejemos sin efecto el pronunciamiento emitido por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, el 27 de noviembre de 2017, debidamente notificado a las partes el 14 de diciembre de 2017. Mediante la aludida determinación, el foro primario desestimó, con perjuicio, la demanda de autos.

Por los fundamentos expuestos a continuación, confirmamos la Sentencia apelada.

II. Incidencias Procesales

El 16 de julio de 2014, la parte apelante presentó una Demanda sobre daños y perjuicios por alegada impericia médica profesional y hospitalaria en contra de Professional Hospital; el Dr. Leonardo Valentín Tirado, su esposa y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta entre ambos, la parte apelada.

Conforme se alegó en la reclamación, el 12 de agosto de 2013, el señor Roberto Deliz Vega, padre de los codemandantes Carlos y Brenda Deliz Martínez y suegro de la codemandante Carmen Cruz Ortiz, acudió a la Sala de Emergencias del Hospital de epígrafe para tratarse una úlcera en su pierna derecha. Tras someterse a determinados procedimientos quirúrgicos, el 19 de agosto de 2013, el señor Deliz Vega fue dado de alta. Su hijo, el señor Deliz Martínez y la esposa de éste, la señora Cruz, lo transportaron de regreso a su hogar. Al llegar, en el momento en que salió del automóvil y se disponía a ponerse de pie, desarrolló una hemorragia masiva proveniente de la incisión quirúrgica. Minutos más tarde, murió desangrado.

Los demandantes adujeron que el desenlace adverso del señor Deliz Vega fue producto de las actuaciones negligentes del personal médico y/o de enfermería del Hospital y del codemandado Dr. Valentín, quienes alegadamente se apartaron de la mejor práctica de la medicina al brindarle tratamiento postoperatorio.

El 25 de septiembre de 2014, el Dr. Valentín presentó su Contestación a la Demanda. Sostuvo que en todo momento ejerció el grado de cuidado que exige la profesión médica y que brindó al señor Deliz Vega el tratamiento médico adecuado e indicado. El 3 de noviembre de 2014, Professional Hospital presentó su Contestación a la Demanda. Por igual, negó todo tipo de responsabilidad por los hechos de epígrafe.

Tras múltiples incidencias procesales y un extenso descubrimiento de prueba, los días 26 y 27 de abril y 14 y 17 de octubre de 2016, se celebró el juicio en su fondo. Por la parte demandante declararon los demandantes Carlos Deliz, Carmen Cruz, Brenda Deliz. Los testimonios de los demandantes, cónsonos entre sí, establecieron los siguientes hechos relevantes.

El 12 de agosto de 2013, el señor Deliz Martínez llevó al señor Deliz Vega a la Sala de Emergencias del Professional Hospital porque “una de sus piernas presentaba un color extraño”.[1] Al parecer, éste tenía una molestia en su extremidad derecha.[2] Luego de la correspondiente evaluación, el señor Deliz Vega fue hospitalizado y referido a consulta con el cirujano vascular Dr. Valentín.[3] El galeno le diagnosticó una condición circulatoria y le recomendó someterse a una intervención quirúrgica.[4] El 14 de agosto de 2013, el Dr. Valentín le realizó un procedimiento conocido como un “bypass” femoropoplíteo.[5] El señor Deliz Vega permaneció recluido en el Hospital hasta el 19 de agosto de 2013, fecha en que se le dio de alta.[6]

Luego del alta, el señor Deliz Martínez y su esposa, la señora Cruz, transportaron al señor Deliz Vega de regreso a su hogar.[7] De camino, el señor Deliz Vega, expresó que tenía interés en acompañarlos a determinado restaurante con motivo de que la señora Cruz cumplía años.[8] El señor Deliz Martínez le explicó que no era recomendable que estuviera caminando y le indicó que lo llevaría a su casa.[9]

Al llegar a la residencia, ya dentro de la marquesina, el señor Deliz Martínez le brindó ayuda a su padre para que pudiera salir del vehículo de motor.[10] Según narró, “tomé su pierna derecha por el muslo y por la chancleta, la saqué del auto, él se giró, puso su pierna izquierda en el piso, ya una vez teniendo su pierna izquierda en el piso le pedí que se apoyara de mi hombro. Él puso su mano izquierda sobre la puerta y se apoyó de mi hombro y se levantó haciendo fuerza sobre su pierna izquierda”.[11]

Continuó narrando, “luego de eso pues por la posición en que estaba en la marquesina le indico que tiene que retroceder para yo poder cerrar la puerta del vehículo y que él pueda caminar libremente hacia la entrada de la casa. Él dio su paso hacia atrás, cuando voy a cerrar la puerta me fijo en un chorro de sangre que sale disparado hacia la pared de la marquesina. En ese momento le digo no te muevas que estás botando sangre. Él me miró y me dijo ¿pero qué pasa? Y yo [le dije] no te muevas, déjate caer en mis brazos para que te acuestes aquí mismo y en ese momento en que le estoy diciendo eso, otro chorro de sangre hacia la pared de la marquesina”.[12]

Acto seguido, el señor Deliz Martínez procedió a llamar al servicio de emergencia 911 y le aplicó un torniquete en el área del sangrado.[13] A la llegada de los paramédicos, ya el señor Deliz Vega había fallecido.[14] No se realizó autopsia.

Por la parte demandante también declaró el perito Dr. Julio A.

Albino Vázquez, quien fue cualificado como médico generalista. El Dr.

Albino ofreció sus opiniones a base del expediente médico, literatura médica relacionada y entrevistas al señor Deliz Martínez y a la señora Cruz.

Su testimonio estuvo dirigido a establecer que “factores como el estado de coagulación del paciente, el tipo de cirugía que se realizó, el hecho de que el paciente mostrara sangrado luego de la cirugía, la necesidad de ser transfundido en más de una ocasión, los niveles de hemoglobina y hematocrito no óptimos, y la proximidad entre el momento en que el paciente fue dado de alta y su muerte, claramente indican que el paciente no podía ser dado de alta y ameritaba el que se le realizaran estudios vasculares en donde se pudiera identificar la condición vascular del paciente”.[15]

Así, la médula de su argumento consistió en que el señor Deliz Vega estuvo sangrando activamente durante la hospitalización y que los demandados actuaron de forma negligente al darlo de alta prematuramente.

De otro lado, por la parte demandada declaró el Dr. Valentín, especialista en cirugía general y vascular, y el Dr. Ángel J. Menéndez, especialista en cirugía general, vascular y periferovascular. En cuanto a los testimonios e informe pericial del Dr. Menéndez, el cual forma parte de la prueba demandada, es importante destacar que hacen alusión a que el sangrado postoperatorio ocurrió en una sola ocasión y que se corrigió. Ambos galenos identificaron que el sangrado que tuvo el señor Deliz Vega durante la hospitalización era uno médico, no quirúrgico, que se identificó y manejó adecuadamente.

Consta en el informe del Dr. Menéndez que “al momento de ser dado de alta no hay evidencia de sangrado, su glicemia, presión arterial, función renal y condición vascular están dentro de unos parámetros adecuados, por lo que no hay razón para retenerlos más días en el Hospital. No tenía indicaciones en el momento del alta para ordenar más estudios vasculares (no hematomas en la herida, no evidencia de fracaso del puente femoropoplíteo, no sangrado activo)”.[16]

Así, a juicio de dicha parte, el desenlace final del señor Deliz Vega “es raro que ocurra y es un evento no previsible e inevitable”. Por su parte, como prueba documental, se presentó el expediente médico del señor Deliz Vega, los curriculum vitae de los peritos y sus respectivos informes periciales.

Luego de justipreciar la prueba testifical y documental presentada por las partes, 27 de noviembre de 2017, el Tribunal de Primera Instancia desestimó, con perjuicio, la demanda de autos. El foro sentenciador le mereció entera credibilidad a la prueba pericial de la parte demandada-apelada, a la cual confirió mayor peso a la luz de los criterios de educación, experiencia y conocimiento. El Tribunal hizo referencia a que los doctores Valentín y Menéndez, ambos cirujanos vasculares, poseen no sólo preparación especializada en sus respectivos campos, sino, además, vasta experiencia en ellos. Agregó que ambos declararon de forma clara y precisa, sin eludir ninguna de las preguntas formuladas. Además, el Tribunal subrayó que la precisión en sus respectivas opiniones estuvo avalada por referencias médicas.

En sus determinaciones de hechos, el Tribunal de Primera Instancia concluyó que el paciente de epígrafe estuvo hospitalizado hasta el 19 de abril de 2013, sin mostrar más evidencia de sangrado. Entendió que el sangrado masivo que ocurrió cuando el paciente llegó a su casa fue un evento no previsible en vista del comportamiento clínico del paciente durante su hospitalización.

El Tribunal de Primera Instancia creyó la prueba pericial de la parte apelada, y concluyó que al momento de ser dado de alta no había evidencia de sangrado, su glicemia, presión arterial, función renal y condición cardiovascular estaban dentro de los parámetros adecuados, por lo que no había razón para retenerlo más días en el Hospital. Agregó que al momento del alta tampoco había indicaciones para ordenar más estudios vasculares. No había evidencia de hematomas en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR