Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Agosto de 2018, número de resolución KLCE201800883

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201800883
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución10 de Agosto de 2018

LEXTA20180810-009 - El Pueblo De PR v. Jose Ramon Garcia Soler

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IX

El Pueblo de Puerto Rico Peticionario v. José Ramón García Soler Recurrido
KLCE201800883
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Caso Núm. K IS2018G00007 K LA2018G00055 K BD2018G00074 Sobre: Art. 130 (C) CP Art. 5.05 Ley 404 Art. 195 (A) CP

Panel integrado por su presidente el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Grana Martínez y el Juez Sánchez Ramos.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 10 de agosto de 2018.

I.

El 15 de octubre de 2017 el Ministerio Público presentó varios proyectos de denuncias contra el Sr. José Ramón García Soler.

Le imputó que el 14 de octubre de 2017 cometió los delitos de escalamiento agravado[1] y agresión sexual,[2] contra la Sra.

María Socorro Ortiz Fontánez, utilizando un arma blanca.[3] Previa determinación de causa probable para arresto, el Tribunal de Primera Instancia le impuso fianza de $25,000.00 dólares, en cada cargo, para un total de $75,000.00 dólares, más supervisión electrónica. García Soler fue ingresado en una institución penal en detención preventiva tras no prestar la fianza. La conferencia fue señalada para el 20 de octubre de 2017 y la vista preliminar para el 25 de octubre de 2017.

El 18 de octubre de 2017 el Tribunal de Primera Instancia dejó sin efecto el señalamiento de la vista preliminar, toda vez que el Centro Judicial no estaba en operaciones a consecuencia del Huracán María y pautó una vista de estado procesal para el 9 de noviembre de 2017. Las partes comparecieron en la fecha prevista y la vista preliminar quedó señalada para el 11 de diciembre de 2017.

Luego de varios incidentes procesales atribuibles a la Defensa, la vista preliminar inició el 31 de enero de 2018 y culminó el 13 de febrero de 2018, con una determinación positiva de causa probable para acusar. El acto de lectura de acusación y el juicio quedaron señalados para el 20 de febrero de 2018 y 3 de abril de 2018, respectivamente.[4]

En el acto de lectura de acusación llevado a cabo el 20 de febrero de 2018, el Tribunal de Primera Instancia reiteró el señalamiento de juicio para el 3 de abril de 2018.

El 27 de febrero de 2018, García Soler presentó una Moción en razón de la Regla 95 de las de Procedimiento Criminal y el debido proceso de ley. El 16 de marzo de 2018, el Ministerio Público presentó una Moción solicitando inclusión y citación de testigos por parte del Pueblo. El 2 de abril de 2018, Fiscalía contestó la solicitud de descubrimiento de prueba. Esta fue complementada con un mensaje por correo electrónico enviado a la Defensa el 13 de abril de 2018.

El día del juicio, 3 de abril de 2018, García Soler informó haber recibido la respuesta a su Moción de Descubrimiento de Prueba el día anterior. El Ministerio Público entregó documentos adicionales e indicó que los relacionados a una prueba de serología estarían disponibles la semana entrante, debido a un proceso interno del Instituto de Ciencias Forenses (Instituto). El Tribunal de Primera Instancia indicó entonces, que lo único que faltaba se relacionaba a los análisis de ADN y concedió a García Soler 10 días para revisar los documentos recibidos e indicar si le falta algo. Programó una Conferencia con Antelación al Juicio para el 16 de abril de 2018. Por su parte, García Soler indicó que entregaría una declaración jurada cuando el testigo que la prestó testificara durante el juicio. Además, el Ministerio Fiscal solicitó la inclusión de un testigo de cargo.

En ese momento el Foro a quo reconsideró la fecha del 16 de abril de 2018 pautada para Conferencia con Antelación a Juicio y en su lugar, calendarizó el juicio para ese día. Se basó en que el término de juicio rápido vencía ese 16 de abril de 2018 y la Defensa no había renunciado a los términos. No obstante, la Defensa sugirió el 19 de abril de 2018 como último día de los términos, sin que se interpretara como que renunciaba a los términos de juicio rápido. El Tribunal de Primera Instancia indicó que el descubrimiento de prueba debía estar completado para el 13 de abril de 2018 y que la Defensa debía indicar si el juicio sería por jurado. La Defensa expresó que esa decisión estaría sujeta a la culminación del descubrimiento de prueba.

El 13 de abril de 2018, García Soler presentó una Moción Informativa sobre el Descubrimiento de Prueba. Alegó que faltaban algunos documentos y que copias de fotos recibidas estaban oscuras y copias de algunos documentos no estaban legibles. Afirmó que faltaban los análisis serológicos y de ADN, según había anticipado el Ministerio Público.

Además, indicó que no había descubrimiento de prueba a favor del Estado.

Así las cosas, tres días antes del señalamiento de juicio, el 16 de abril de 2018, García Soler presentó con éxito una Solicitud de Auto de Habeas Corpus. Al ordenar su excarcelación, el Tribunal de Primera Instancia sujetó a García Soler a la utilización de un grillete y a estar en “lockdown” en su residencia. Además, impuso como condición seguir las condiciones de PSAJ y lo citó para el señalamiento de juicio el 19 de abril de 2018.

Luego de atender el auto de Habeas Corpus, el Tribunal de Primera Instancia aprovechó el señalamiento para indagar sobre el estatus del descubrimiento de prueba. El Ministerio Público invitó a la Defensa a reunirse e indicó que los documentos sobre el ADN fueron recibidos vía correo electrónico el viernes 13 de abril de 2018 y los remitió a la Defensa por el mismo medio, porque la oficina de las abogadas de Defensa estaba cerrada. La Defensa expresó no haber recibido los resultados de las pruebas toxicológicas. El Tribunal ordenó a las partes a reunirse para completar el descubrimiento. Advirtió a García Soler que su incomparecencia el 19 de abril de 2018 conllevaría que el juicio se vería en su ausencia. También advirtió que, si el descubrimiento de prueba no se completaba para la vista del 19 de abril de 2018, no tendría más remedio que actuar conforme a derecho.

En ese momento, el Ministerio Publico llamó la atención al Tribunal de Primera Instancia de que García Soler sería excarcelado ese mismo día y que, por ya no estar en detención preventiva,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR