Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Agosto de 2018, número de resolución KLCE201800705

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201800705
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución14 de Agosto de 2018

LEXTA20180814-024 - Franklin Credit Management Corp. As Servicer For Deutsche Bank National Trust Company v. Victor Abdiel Vazquez Gonzalez T/c/c Victor Vazquez Gonzalez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VIII

FRANKLIN CREDIT MANAGEMENT CORP. AS SERVICER FOR DEUTSCHE BANK NATIONAL TRUST COMPANY, AS CERTIFICATE TRUSTEE ON BEHALF OF BOSCO CREDIT II TRUST SERIES 2017-1
Recurrida
v.
VÍCTOR ABDIEL VÁZQUEZ GONZÁLEZ T/C/C VÍCTOR VÁZQUEZ GONZÁLEZ, WILMA GISELA ACEVEDO CORDOVÉS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Peticionarios
KLCE201800705
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao Caso Núm: HSCI2013-00365 (207) Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Colom García, la Jueza Soroeta Kodesh y la Jueza Domínguez Irizarry

Soroeta Kodesh, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de agosto de 2018.

Comparecen el Sr. Víctor Abdiel Vázquez González, la Sra. Wilma Gisela Acevedo Cordovés, y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos (en conjunto, los peticionarios), por medio de un recurso de certiorari presentado el 23 de mayo de 2018. Nos solicitan que revisemos una Resolución dictada el 24 de abril de 2018 y notificada el 2 de mayo de 2018, por el Tribunal de Primera Instancia (en adelante, TPI), Sala de Humacao. A través del dictamen recurrido, el TPI denegó una solicitud de retracto de crédito litigioso instada por los peticionarios.

Por los fundamentos que expresamos a continuación, se deniega la expedición del auto de certiorari solicitado.

I.

El 22 de diciembre de 2004, los peticionarios suscribieron un contrato de préstamo con Doral Mortgage Corp., evidenciado mediante pagaré al portador por la suma principal de $285,300.00, intereses al 7.125% anual y un 5% de la suma de aquellos pagos hechos con atraso en exceso de quince (15) días calendario después de la fecha de vencimiento. El pago del aludido pagaré quedó

garantizado por una hipoteca sobre un inmueble sito en Humacao, Puerto Rico.

El 4 de abril de 2013, Doral Bank presentó una Demanda sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria, que originó el pleito de autos. En síntesis, alegó que los peticionarios incumplieron con el pago del préstamo antes indicado y que Doral Bank era el tenedor de buena fe del pagaré objeto de la reclamación debido a que lo había adquirido por valor recibido y por endoso en el curso ordinario de sus negocios.

Subsecuentemente, los peticionarios contestaron la Demanda interpuesta en su contra. Además de negar las alegaciones habidas en su contra, arguyeron que Doral Bank no acreditó ser la tenedora original del pagaré que pretendía ejecutar, por lo cual carecía de legitimación activa para instar la reclamación de autos.

El 12 de junio de 2014, Doral Bank incoó una Moción Informativa en sustitución de parte, en conjunto con una Demanda Enmendada. En la referida Moción, Doral Bank alegó que el 30 de abril de 2010, R-G Premier Bank of Puerto Rico fue cerrado por el Comisionado de Instituciones Financieras del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y que el Federal Deposit Insurance Corporation (en adelante, FDIC) fue nombrada como su Síndico. Añadió que Scotiabank de Puerto Rico (en adelante, Scotiabank) adquirió del FDIC casi todos los depósitos y activos de R-G Premier Bank of Puerto Rico, entre ellos el préstamo hipotecario objeto del litigio de autos. Expuso que Doral Bank era el agente de servicio de Scotiabank, por lo que solicitó...

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