Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Octubre de 2018, número de resolución KLCE201801293

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201801293
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2018

LEXTA20181017-015 - Esther Cruz Mangual v. Ohi Of PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL III

Esther Cruz Mangual; Johanna Santini Pérez; Keila Santana Suárez; Ruth Ginorio Negrón Recurridos vs. OHI of Puerto Rico, LLC d/b/a Pearle Vision Center Peticionaria
KLCE201801293
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Sobre: Ley 2, Proc. Sumario de Reclamaciones Laborales; Despido Injustificado, Discriminación en el Empleo; Represalias en el Empleo; Liquidación de Vacaciones y Salarios Civil Núm.: SJ2018CV02345

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Rivera Colón y la Juez Lebrón Nieves.

Rivera Colón, Juez Ponente

SENTENCIA DE ARCHIVO ADMINISTRATIVO

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de octubre de 2018.

Comparece OHI of Puerto Rico, L.L.C. (OHI) mediante la presente petición de certiorari y nos solicita que revisemos la Sentencia dictada el 6 de septiembre de 2018, y notificada ese mismo día, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI).

-I-

Mediante el dictamen recurrido, el TPI declaró Ha Lugar la querella presentada por varias ex-empleadas de la peticionaria por despido injustificado, discrimen en el empleo y liquidación de vacaciones y Bono de Navidad, al amparo de la Ley Núm. 2 de 17 de octubre de 1961, según enmendada, 32 LPRA sec. 3118, et. seq.

Inconforme con la determinación, el 17 de septiembre de 2018, la parte peticionaria compareció ante este Tribunal de Apelaciones mediante auto de certiorari y señaló la comisión de los siguientes errores por parte del TPI:

Erró el Tribunal de Primera Instancia al conceder daños por encima de los límites monetarios establecidos en la Ley Núm. 4 del 26 de enero de 2017.

Erró el Tribunal de Primera Instancia al conceder remedios por concepto de salarios prospectivos sin analizar la viabilidad de la reinstalación de las recurrida[s] y/o la posibilidad de estas de conseguir un empleo comparable al de OHI.

El 5 de octubre de 2018, OHI instó ante este Tribunal un escrito titulado “Moción Asumiendo Representación Legal y Notificando Presentación de Quiebra y Paralización Automática”. Expuso que el 25 de septiembre de 2018 OHI presentó una petición de quiebra al amparo del Capítulo 11 del Código de Quiebras ante el Tribunal Federal de Quiebras para el Distrito de New Jersey.[1] Así, solicitó que se procediera con la paralización de los...

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