Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2018, número de resolución KLRA201800510

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201800510
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2018

LEXTA20181031-110 - William Maldonado v. Gobierno De PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL IX

WILLIAM MALDONADO
Recurrente
v.
GOBIERNO DE PUERTO RICO, DTOP-AMA
Recurrida
KLRA201800510
Revisión administrativa procedente del Departamento de Transportación y Obras Públicas, Autoridad Metropolitana de Autobuses Subasta Núm. RFP2017-003

Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Grana Martínez y el Juez Sánchez Ramos.

Grana Martínez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2018.

El recurrente, William Maldonado Alicea, solicita que revisemos una resolución dictada por la Junta de la Autoridad Metropolitana, el 7 de agosto de 2018 y notificada el 8 de agosto de 2018.

La recurrida, Autoridad Metropolitana de Autobuses (AMA), presentó su oposición al recurso.

I

La AMA emitió el Requerimiento de Propuesta RF2017-003 para reemplazar el piso del segundo y tercer nivel de sus oficinas centrales. Las compañías Prosite Builder’s LLC y Constructora de Centro de PR representada por el recurrente comparecieron a la convocatoria. Prosite Builder inicialmente ofreció sus servicios por la cantidad de $126,741, pero terminó licitando por $89,354.40. Constructora de Centro de PR licitó por la cantidad de $77,700.00.

El 13 de diciembre de 2017, la AMA adjudicó la buena pro del requerimiento a Prosite Builder LLC. El foro recurrido notificó al recurrente que su compañía no fue favorecida, porque la evidencia económica presentada no cumplía los requerimientos y su experiencia no satisfacía las expectativas específicas para el proyecto. La Junta de Subasta de la AMA informó por escrito al recurrente que su decisión estaba basada en el análisis siguiente. PROSITE BUILDERS LLC 1) cuenta con la experiencia previa en proyectos similares, 2) cumplió con la entrega de documentos requeridos, 3) cumplió con los términos del trabajo establecido, 4) el diseño y material cumplió con las especificaciones y 5) ofreció un precio razonable $89,354.40. CONSTRUCTURA DEL CENTRO PR 1) licitó por la cantidad de $77,700.00, 2) la evidencia económica que presentó no cumplió con los requerimientos y 3) la evidencia sobre su experiencia no satisfacía las expectativas específicas del proyecto.

El recurrente solicitó revisión a la Junta de Impugnación de Subasta de la AMA acompañada de evidencia sobre su capacidad económica y experiencia de trabajo.

La Junta no atendió la solicitud dentro del término establecido en ley y el recurrente acudió al Tribunal de Apelaciones en el recurso KLRA201800087.

El Tribunal de Apelaciones revocó a la AMA, porque no fundamentó adecuadamente la adjudicación del requerimiento de propuesta. El tribunal concluyó que la notificación no cumplió con el debido proceso de ley, porque la Junta de Subasta notificó escuetamente al recurrente las razones por las que no fue el licitador favorecido. El Tribunal de Apelaciones resolvió que la Junta tenía que notificar detalladamente al recurrente las razones por las que su evidencia económica no cumplió con los requisitos del Requerimiento de Propuesta y por qué su experiencia no satisfacía las expectativas del pliego de especificaciones.

El 28 de junio de 2018, el Tribunal de Apelaciones devolvió el caso al foro administrativo para que adjudicara la buena pro conforme al derecho y la jurisprudencia aplicable.

El 7 de agosto de 2018, la Junta de la AMA reevaluó las propuestas, y nuevamente adjudicó la buena pro del requerimiento a Prosite Builder LLC. La Junta informó al recurrente por escrito que realizó el análisis siguiente. PROSITE BUILDERS LLC 1) tiene experiencia previa en proyectos similares de mayor envergadura y complejidad en cuanto a destrezas, coordinación y trabajos que la presentada por el competidor, 2)cumplió con la entrega de documentos requeridos, 3) cumple con los términos de trabajo establecido, 4) el diseño y material cumplió con las especificaciones y 5) ofreció un precio razonable más alto en comparación con el competidor. Constructora Del Centro 1)

tiene experiencia previa en proyectos similares de menor envergadura y complejidad en...

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