Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Noviembre de 2018, número de resolución KLCE201801173

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201801173
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2018

LEXTA20181116-004 - Pr Asset Portfolio 2013-1 International Sub I v. Angel D. Marrero Burgos

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

PR ASSET PORTFOLIO 2013-1 INTERNATIONAL SUB I, LLC Recurrido
v.
ÁNGEL D. MARRERO BURGOS, su esposa IRIS V. MURGA PRINCIPE y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos Recurrido FIRSTBANK DE PUERTO RICO Parte Interventora- Peticionario
KLCE201801173
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan Civil Núm.: K CD2015-2378 Sobre: Ejecución de Hipoteca In Rem por la Vía Ordinaria

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, el Juez Ramos Torres y el Juez Bonilla Ortiz.

Bonilla Ortiz, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 16 de noviembre de 2018.

Comparece la parte peticionaria, Firstbank de Puerto Rico (“Firstbank” o “Peticionario”), mediante recurso de certiorari presentado el 22 de agosto de 2018. Solicitó la revisión de una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. Mediante el referido dictamen, el foro primario denegó la solicitud de intervención presentada por el antecesor en derecho del Peticionario.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, expedimos el auto de certiorari y CONFIRMAMOS el dictamen recurrido.

I.

El 24 de marzo de 2005, Ángel David Marrero Burgos y su esposa, Iris Violeta Murga Príncipe, otorgaron escritura de hipoteca a favor del Banco Popular de Puerto Rico (BPPR) sobre la finca #25,786 inscrita al tomo móvil 1054 del Registro de la Propiedad de San Juan, por la cantidad de $315,000.

Dicha escritura fue presentada en el Registro de la Propiedad el 21 de abril de 2005, siendo debidamente inscrita.

El 27 de marzo de 2008, el BPPR cursó una carta de compromiso al Sr. Marrero Burgos aceptando “la subrogación de la hipoteca” constituida a favor de BPPR.

Mediante dicha carta, BPPR le solicitó al Sr. Marrero Burgos que notificara a Firstbank para así coordinar para proveerle la información que fuese necesaria.

También, BPPR expresó que dicha “subrogación” quedaría condicionada a la cancelación total de la deuda tan pronto se vendiera la finca aquí en controversia.

El 29 de marzo de 2008, Marrero Burgos y Murga Príncipe otorgaron escritura de hipoteca a favor de Firstbank por la cantidad de $949,400. Dicha escritura fue presentada el 8 de abril de 2008 en el Registro de la Propiedad, siendo debidamente inscrita.

Posteriormente, el 4 de noviembre de 2015, PR Asset Portfolio 2013-1 International Sub I, LLC (PRAPI Sub I), como sucesor en derecho de BPPR, presentó demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca contra Marrero Burgos, Murga Príncipe y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos.

El foro primario dictó sentencia en rebeldía a favor de PRAPI Sub I el 26 de septiembre de 2016, notificada el 13 de febrero de 2017. Una vez dicha sentencia advino final y firme, el foro primario emitió Orden y Mandamiento de ejecución el 21 de junio de 2017.

Luego de varios trámites procesales, el 5 de diciembre de 2017, DLJ Mortgage Capital, Inc. (DLJ) compareció al caso de epígrafe mediante Demanda de intervención como sucesor en derecho respecto al crédito de Firstbank. Alegó que su hipoteca era de rango preferente a la hipoteca objeto de la ejecución solicitada por PRAPI Sub I. Específicamente, adujo que PRAPI Sub I tenía la obligación de “subordinar” su hipoteca a favor del crédito hipotecario de DLJ.

Según DLJ, la carta suscrita en el año 2008 evidenciaba que BPPR autorizó una posposición de rango de hipoteca mediante la cual Firstbank (y, por lo...

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