Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Diciembre de 2018, número de resolución KLCE201801552

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201801552
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2018

LEXTA20181212-009 - El Pueblo De PR v. Aneudy Reyes Lamiz

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Recurrida
v.
ANEUDY REYES LAMIZ
Peticionaria
KLCE201801552
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Criminal Núm.: D VI2007G0032 Por: Tentativa Art. 106 del Código Penal de 2004, y otros.

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, el Juez Ramos Torres y el Juez Bonilla Ortiz.

Jiménez Velázquez, jueza ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de diciembre de 2018.

El confinado Aneudy Reyes Lamiz presentó este recurso de certiorari el 7 de noviembre de 2018 para solicitar que se reconsidere la Sentencia impuesta el 25 de junio de 2007, de tal suerte que la pena de reclusión se cumpla en la libre comunidad, cónsona con la sentencia en probatoria que cumple por un caso federal. Ello, ante la negativa del tribunal sentenciador mediante Orden emitida el 9 de octubre de 2018, de acceder a su petitorio.[1]

El foro sentenciador resolvió que el “[t]ribunal carece de jurisdicción para reconsiderar la sentencia toda vez que ésta advino final y firme y no adolece de defecto legal alguno.” El tribunal al denegar su solicitud de reconsideración presentada, refirió al peticionario a la Regla 185 de las de Procedimiento Criminal. El confinado reclamó que no invocó la Regla 185 de Procedimiento Criminal; y se apoyó en la Sección 19 de la Carta de Derechos de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que establece como política pública la rehabilitación de los confinados.

Veamos.

I

En su escrito el confinado mencionó el caso de Pepper v. U.S., 562 U.S. 476 (2011), y Gulf Petroleum et al. v. Camioneros, 2018 TSPR 42, 199 DPR ___.[2]

Este último se refiere a la convalidación de sentencias extranjeras, y el dictamen de que las sentencias dictadas por los tribunales del sistema judicial federal no están sujetas a convalidación por los tribunales territoriales. El confinado citó una opinión disidente de la Hon. Maite Oronoz Rodríguez, Jueza Presidenta del Tribunal Supremo de Puerto Rico.

Según surge del Sistema de Casos de la Rama Judicial el señor Aneudy Reyes Lamiz fue acusado por los siguientes delitos: tentativa de violación al Artículo 199 del Código Penal de 2004, según enmendado, por robo agravado (D BD2007G0405); Artículo 193 sobre apropiación ilegal agravada (D BD2007G0406)...

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