Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Diciembre de 2018, número de resolución KLRA201800649

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201800649
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2018

LEXTA20181213-030 - Expert Imaging Center v. Departamento De Salud

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL III

Expert Imaging Center, LLC Querellante vs. Departamento de Salud, Secretaría Auxiliar para la Reglamentación y Acreditación de Facilidades de Salud Recurridos Arraiza Radiology, PSC
Recurrente
KLRA201800649
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Secretaría Auxiliar para Reglamentación y Acreditación de Facilidades de Salud Sobre: Querella por la Denegatoria de Licencia, Permiso, Franquicia o Acciones Similares Bajo la Secc. 5.14 de la LPAU 3 LPRA 2184 Querella Núm.: Q-17-03-001

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Rivera Colón y la Juez Lebrón Nieves.

Rivera Colón, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 13 de diciembre de 2018.

Comparece Arraiza Radiology, PSC y solicita que revisemos la Resolución emitida el 23 de agosto de 2018 y notificada al día siguiente, por el Departamento de Salud de Puerto Rico. Mediante el referido dictamen, la agencia acogió el Informe del Oficial Examinador y ordenó la reapertura de la solicitud de Certificado de Necesidad y Conveniencia Núm. 15-03-039 para la celebración de una vista pública bajo el Capítulo V de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico (LPAU), la cual no será de carácter adjudicativo.

Examinada la comparecencia de la parte recurrente, así como el estado de derecho aplicable, procedemos a disponer del presente recurso mediante los fundamentos que expondremos a continuación.

-I-

El 2 de marzo de 2017, Expert Imaging Center, LLC (Expert) presentó una querella ante el Departamento de Salud en la que sostuvo que la agencia había errado al desestimar su propuesta de certificado de necesidad y conveniencia para establecer un centro de radiología convencional en la Carretera #1, Km.

81.5 Sector San Daniel, Bo. Hato Abajo, en Arecibo, PR. Mediante la querella, Expert impugnó la naturaleza del procedimiento de certificado de necesidad y conveniencia y argumentó que dicho proceso era no-adjudicativo, por lo que no debió ser atendido bajo el Capítulo III de la LPAU. Añadió que la agencia había errado al catalogar a Arecibo Radiology como opositor, sin tener derecho a ello en aquella etapa del proceso.

El 17 de mayo de 2017, el Oficial Examinador emitió su informe y concluyó que el proceso de solicitud de certificado de necesidad y conveniencia era uno adjudicativo, por lo que Expert debió presentar una solicitud de reconsideración o revisión judicial dentro del término dispuesto para ello luego de recibida la notificación de la desestimación de su propuesta. Al no hacerlo así, el Oficial Examinador entendió que transcurrió el término y la decisión del Departamento de Salud advino final y firme. Por ello, recomendó nuevamente la desestimación de la querella.

El 28 de junio de 2017, el Secretario de Salud acogió la recomendación del Oficial Examinador y desestimó la querella presentada por Expert mediante Resolución notificada el 29 de junio de 2017.

Inconforme con la determinación, el 13 de julio de 2017, Expert presentó una moción de reconsideración. Transcurrido el término para que la agencia se expresara al respecto, sin así hacerlo, el 17 de agosto de 2017, Expert acudió ante el Tribunal de Apelaciones mediante recurso...

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