Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2019, número de resolución KLAN201801321
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201801321 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 31 de Enero de 2019 |
LEXTA20190131-070 - Concilio De Salud Integral De Loiza -
v. Jc Remodeling
| | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina Civil núm.: F CCI20130222 Sobre: Incumplimiento de Contrato, Daños y Perjuicios; Cobro de Dinero |
Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, el Juez Sánchez Ramos y el Juez Ramos Torres[1].
Sánchez Ramos, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2019.
El Tribunal de Primera Instancia (TPI), por la vía sumaria, desestimó una reclamación de daños en lo referente a una compañía que adquirió los activos de otra empresa por cuyos actos supuestamente negligentes se reclama. Según se explica en detalle a continuación, en atención al claro lenguaje contractual relacionado con la referida adquisición de activos, concluimos que actuó correctamente el TPI al determinar que la parte demandante no tenía causa de acción alguna, contractual o extracontractual, contra la compañía adquirente.
La acción de referencia se presentó en mayo de 2013 por el Concilio de Salud de Loiza (el Demandante o CSILO) en contra de, entre otros, JC Remodeling, Inc. (el Contratista o JCR), por incumplimiento contractual, daños y perjuicios y cobro de dinero. Se alegó que, en mayo de 2010, el Demandante y el Contratista acordaron un contrato de obra mediante el cual JCR se comprometió a impermeabilizar el techo del Demandante utilizando el producto WetSuit, el cual el Contratista manifestó contaba con una garantía de 15 años.
Además, se alegó que, para el mes de junio de 2011, el techo del Demandante comenzó a sufrir considerables filtraciones, por lo cual dicha entidad hizo varios acercamientos extrajudiciales a JCR, a los fines de reclamar la garantía del WetSuit y solicitar la reparación de las filtraciones, pero dichos acercamientos no resolvieron la disputa.
A mediados de 2015, se presentó una demanda enmendada; en lo pertinente, se añadió como parte demandada a Neptune Coatings Corp., Inc. (Neptune Nevada). Se alegó que el producto WetSuit era producido por Neptune Nevada, y que dicha compañía fue negligente en su deber de adiestrar al Contratista en torno al uso y aplicación del producto, así como al supervisar la aplicación del producto por JCR y al no percatarse de los desperfectos causados por la aplicación deficiente del producto.
A finales de 2015, se presentó otra demanda enmendada (la Demanda); en lo pertinente, se añadió a otros demandados: Neptune Coatings Corporation (Neptune California, hoy Revert Corporation (Revert)). Se alegó que Neptune California se cambió el nombre a Revert y que fue Neptune California quien envió a sus representantes a supervisar la obra objeto del contrato con JCR.
Por su parte, Neptune Nevada contestó la Demanda; alegó que el trabajo objeto de controversia se coordinó con Neptune California. Se alegó que, aunque Neptune Nevada compró, en marzo de 2013, ciertos activos de Neptune California, Neptune Nevada no adquirió las obligaciones relacionadas
con hechos anteriores a dicha adquisición, como los que son objeto de la Demanda.
Luego de varios trámites procesales, el 14 de octubre de 2016, Neptune Nevada presentó una moción de sentencia sumaria (la Moción) en la cual sostuvo que no respondía por los daños reclamados, pues ni siquiera existía para la fecha de los hechos. Además, se presentó un documento titulado Amended and Restated Asset Purchase Agreement (el Contrato de Compra de Activos o APA), suscrito el 11 de marzo de 2013, el cual detalla la compraventa de activos llevada a cabo.
El Demandante se opuso a la Moción; planteó que el TPI debía corroborar si la adquisición de activos de Neptune...
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