Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2019, número de resolución KLRA201800697

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201800697
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución31 de Enero de 2019

LEXTA20190131-133 - Correctional Health Services v. Junta De Reconsideracion De Subastas Del Departamento De Correccion Y Rehabilitacion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VI

CORRECTIONAL HEALTH SERVICES, CORP.
Recurrente
v.
JUNTA DE RECONSIDERACIÓN DE SUBASTAS DEL DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN; JUNTA DE SUBASTAS DEL DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN
Recurrida
PHYSICIAN H.M.O., INC.; PROVIDER NETWORK SOLUTIONS
Licitadores
KLRA201800697
Revisión Judicial procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación
Requerimiento de Propuestas 17-006 9
SOBRE:
Impugnación de Adjudicación de Requerimiento de Propuestas

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Romero García y el Juez Torres Ramírez

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2019.

Comparece Correctional Health Services Corp. (CHSC) mediante recurso de Revisión Administrativa, y solicita la revisión de una Resolución emitida por la Junta de Reconsideración del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) fechada 7 de noviembre de 2018, notificada el 8 de noviembre de 2018. Mediante esta, la Junta deniega una Moción de Reconsideración presentada por CHSC y confirma la determinación de la Junta de Subastas, en torno al RFP Núm. 17-006.

Por entender que la Junta de Subastas carecía de jurisdicción para emitir el dictamen revisado, se DESESTIMA el recurso de epígrafe por falta de jurisdicción por prematuro. Exponemos.

I

El 12 de julio de 2018, notificado el 13 de julio de 2018, la Junta de Subastas del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) notificó la adjudicación de un procedimiento de Request for Proposal (RFP) núm. 17-006, identificado como Comprehensive Administration of the Correctional Health Program for the Revision of Health Care Services to the Correctional Population.

Este RFP fue adjudicado al licitador Physician HMO, Inc.[1] Por estar en desacuerdo con dicha adjudicación, el licitador no agraciado, CHSC, incoó un primer recurso de Revisión ante este Tribunal de Apelaciones, con la identificación alfanumérica KLRA201800434. El Panel XII de este Tribunal de Apelaciones (TA) emitió un primer dictamen el 29 de agosto de 2018, y resolvió que la notificación que emitió la Junta de Subastas del DCR fue inválida, pues no cumplió con los requisitos mínimos dispuestos en el ordenamiento vigente.

Sentenció que tales defectos eran insubsanables e impedían que este tribunal adquiriera jurisdicción sobre el recurso hasta tanto la Junta notificara nuevamente a todos los licitadores.[2] La Secretaría de este Tribunal de Apelaciones notificó el Mandato del recurso KLRA201800434, a la Junta de Subastas recurrida y a los licitadores, el 5 de noviembre de 2018.[3]

El 7 de septiembre de 2018, y sin que se hubiese notificado el Mandato a la Agencia en el caso KLRA201800434, la Junta de Subastas notificó a las partes licitadoras, Physician HMO, Inc., Correctional Health Services Corp. (CHSC) y Provider Network Solutions, un Aviso de Adjudicación y Notificación de Cancelación en el RFP Núm. 17-006.[4]

En este, la Junta de Subastas adjudicó nuevamente el RFP al licitador Physician HMO, Inc., por ser el licitador con la propuesta que cumplió con los criterios de evaluación establecidos y fue la que obtuvo el mayor valor y porcentaje. Además, resultó ser la menos costosa en beneficio de los intereses fiscales del DCR.[5] Sin embargo, en el mismo documento de Aviso de Adjudicación, la Junta de Subastas notificó la cancelación de la precedente adjudicación, respondiendo a una comunicación que le enviara el Secretario de la Agencia (CDR), en la que solicitó la cancelación de la adjudicación del RFP, aduciendo criterios fiscales, relacionados a recortes a la Agencia ordenados por la Junta de Control Fiscal, por lo que la referida cancelación atiende a los mejores intereses del Gobierno de Puerto Rico, los cuales se verían afectados de continuarse el procedimiento de adjudicación mediante el mecanismo de RFP.[6]

La notificación del referido Aviso de Adjudicación y Cancelación por parte de la Junta de Subastas del DCR ocasionó que la parte recurrente en el recurso de epígrafe, CHSC, presentara un segundo recurso de Revisión ante este Tribunal de Apelaciones (KLRA201800560).[7]

El primer señalamiento de error formulado por CHCS en su recurso fue que “erró la Junta de Subastas al emitir el segundo aviso sin tener jurisdicción”.[8]

Sobre este particular, el recurrente planteó en su escrito:

Es la contención de CHSC que el Segundo Aviso es nulo e ineficaz por haberse emitido sin que el DCR tuviera jurisdicción, ya que se encontraba pendiente la notificación del mandato en el recurso de Revisión Administrativa que se tramitó bajo el acápite Correctional Health Services Corp. v. Junta de...

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