Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2019, número de resolución KLRA201800706
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201800706 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 31 de Enero de 2019 |
PAN AMERICAN GRAIN MFG CO., INC. | KLRA201800706 | REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Departamento de Estado, Registro de Marcas y Nombres Comerciales Registro Núm. 8935 (RICO y DISEÑO) Sobre: Cancelación (Regla 43) |
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Candelaria Rosa y el Juez Cancio Bigas
Ramírez Nazario, Erik Juan, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2019.
Comparece Pan American Grain Mfg Co., (PAG o recurrente), y solicita que revoquemos la Resolución Final emitida por el Registro de Marcas y Nombres Comerciales del Departamento de Estado (Registro de Marcas), el 31 de octubre de 2018. Mediante la misma, el Registro de Marcas denegó la Moción de Reconsideración del recurrente y la solicitud de honorarios de abogados.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, se desestima el presente recurso por falta de jurisdicción.
Según surge del expediente, el 18 de febrero de 2016, PAG presentó ante el Registro de Marcas una solicitud de cancelación de la marca RICO y DISEÑO registrada bajo el número 8935 por Riviana Foods, Inc. (Riviana o recurrida) en la Clase Internacional 30, para productos de arroz. En su solicitud alegó que: 1) la marca RICO y DISEÑO estaba abandonada por falta de uso en el comercio por más de 3 años; y 2) la solicitud de renovación presentada por Riviana el 7 de febrero de 2014 contenía representaciones falsas y fraudulentas, ya que se declaró, bajo pena de perjurio, que la marca se encontraba en uso en el comercio de Puerto Rico, cuando no lo estaba, incluso desde mucho antes de haber solicitado la renovación.
El 21 de marzo de 2016, Riviana presentó su Respuesta a Solicitud de Cancelación de Marca Registrada. En su respuesta reconoció que la marca no se estaba utilizando, y que la renovación se debió a la falta de comunicación con sus representantes debido que existía un acuerdo de renovación automática de todos sus productos. Por ello, accedió a la cancelación de la marca RICO y DISEÑO, ya que había perdido interés en la misma. Finalmente solicitó que se desestimara la petición de cancelación por considerarla académica.
Así las cosas, el 4 de abril de 2018, el Registro de Marcas emitió una Resolución y Orden, mediante la cual ordenó a Riviana a cancelar la marca RICO y DISEÑO dentro de un término de 5 días a partir de la notificación de la orden.
Oportunamente, el 7 de mayo de 2018, PAG presentó una Solicitud de Reconsideración y Riviana se opuso. El 31 de octubre de 2018, el Registro de Marcas emitió la Resolución Final recurrida, mediante la cual declaró no ha lugar la solicitud de reconsideración. Inconforme, el 3 de diciembre de 2018, PAG acudió ante este Tribunal mediante recurso...
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