Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Febrero de 2019, número de resolución KLCE201801751

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201801751
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2019

LEXTA20190220-003 -

El Pueblo De PR V. v. Kevin Muñiz Marti ---------------------------------- Gabriel Garcia Maya

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL III

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. KEVIN MUÑIZ MARTI ---------------------------------- GABRIEL GARCÍA MAYA
Peticionario
KLCE201801751
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez Casos Núm.: I1VP201801379, I1VP201801425; I1VP20181426 AL 36; I1VP201801437-1441 SOBRE: REVISIÓN DE DESIGNACIÓN DE ABOGADO DE OFICIO

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Rivera Colón y la Juez Lebrón Nieves

Fraticelli Torres, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de febrero de 2019.

El licenciado Gabriel García Maya nos solicita que expidamos el auto de certiorari y revoquemos una resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez, que denegó su petición de ser relevado de su designación como abogado de oficio en dos de varios casos de naturaleza penal incoados contra el señor Kevin Muñiz Martí.

Sostiene el peticionario que la designación de oficio para representar al señor Muñiz Martí en varios

casos criminales va en contravención del Reglamento para la Asignación de Abogados o Abogadas de Oficio, infra, porque sobrecarga a un solo abogado en su responsabilidad social, en detrimento de sus otras responsabilidades profesionales. A su juicio, el aludido reglamento solo requiere la asignación de oficio respecto a un solo caso por acusado, salvo causa justificada, la que está ausente en los procesos iniciados contra el señor Muñiz Martí. Por ello nos pide que le relevemos de tres de los casos que se siguen contra el imputado por hechos ocurridos en fechas y lugares distintos, relativos a delitos que requieren testigos y prueba independiente.[1]

De su parte, el Ministerio Público, representado por el Procurador General, plantea en su recurso que, en atención a la etapa procesal en la que se encuentra el caso, este tribunal intermedio está en mejor posición para interpretar el Reglamento para la Asignación de Abogados o Abogadas de Oficio, infra, y determinar si procede o no el relevo de la representación del peticionario, según fue solicitado por él.

Atendida la comparecencia de ambas partes y examinados sus argumentos, resolvemos expedir el recurso peticionado y revocar el dictamen del foro a quo, en atención al marco doctrinal que rige el asunto en controversia.

Veamos los antecedentes fácticos y procesales de este recurso que sirven de fundamento a nuestra decisión.

I.

Como parte del proceso criminal que se sigue contra el señor Kevin Muñiz Martí

(señor Muñiz Martí), el 5 de noviembre de 2018 el Tribunal de Primera Instancia dictó una orden para designar al licenciado Gabriel García Maya (peticionario) como abogado de oficio en el caso I1VP201801379, por el delito de robo agravado, imputado contra el señor Muñiz Martí, por hechos ocurridos el

5 de octubre de 2018 en el pueblo de Cabo Rojo.[2]

Consecuentemente, el tribunal a quo fijó la fecha para la vista preliminar del caso, la cual se celebraría el 13 de noviembre siguiente. Llegado ese día, la vista fue suspendida, no obstante, el tribunal, mediante una orden al efecto, designó al peticionario como abogado de oficio para otros tres casos que tenía el imputado, los cuales no estaban relacionados con el caso I1VP201801379 (caso A).

Ese mismo día, el tribunal le entregó al peticionario copia de la denuncia para el caso I1VP201801379 y de las denuncias de los restantes tres casos (casos B, C y D). A continuación, se describen los casos contra el señor Muñiz Martí que le fueron asignados al peticionario:

Caso
Número
Fecha del delito
Delitos imputados
Lugar del delito
A
I1VP201801379
5/10/2018
Robo agravado
Cabo Rojo
B
I1VP201801425
5/10/2018
Daño agravado
Mayagüez
C
I1VP201801437
5/10/2018
Robo agravado
Mayagüez
I1VP201801438
5/10/2018
Robo agravado
Mayagüez
I1VP201801439
5/10/2018
Ley de Armas
Mayagüez
I1VP201801440
5/10/2018
Ley de Armas
Mayagüez
I1VP201801441
5/10/2018
Ley de Armas
Mayagüez
D
I1VP201801426
30/09/2018
Agresión Grave
Añasco
I1VP201801427
30/09/2018
Robo agravado
Añasco
I1VP201801428
30/09/2018
Robo agravado
Añasco
I1VP201801429
30/09/2018
Robo agravado
Añasco
I1VP201801430
30/09/2018
Robo agravado
Añasco
I1VP201801431
30/09/2018
Robo agravado
Añasco
I1VP201801432
30/09/2018
Ley de Armas
Añasco
I1VP201801433
30/09/2018
Ley de Armas
Añasco
I1VP201801434
30/09/2018
Ley de Armas
Añasco
I1VP201801435
30/09/2018
Ley de Armas
Añasco
I1VP201801436
30/09/2018
Ley de Armas
Añasco

La vista preliminar previamente señalada para el 13 de noviembre fue repautada para el 29 del mismo mes. Iniciada la vista, el licenciado García Maya solicitó acercarse al estrado y manifestó en esa conferencia que la asignación de casos excedía lo dispuesto por el ordenamiento. Argumentó que procedía que se asignara un abogado para cada caso del imputado, pues de esa manera se garantizaba la representación adecuada del señor Muñiz Martí. Dicho lo anterior, le manifestó al foro primario que presentaría su postura por escrito. La vista fue suspendida.

En cumplimiento de lo expresado al tribunal, el abogado peticionario presentó una moción fundamentada el 4 de diciembre de 2018, en la que expuso las razones por las que debía reasignarse la representación de tres de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR