Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Febrero de 2019, número de resolución KLCE201801528

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201801528
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2019

LEXTA20190227-013 - Carlos Cernas Ocasio v. Lydia Albino Lugo

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XII

CARLOS CERNAS OCASIO
Recurrido
v.
LYDIA ALBINO LUGO
Peticionaria
v.
NELSON OCASIO, NYDIA RODRIGUEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Recurridos
KLCE201801528
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Yauco Caso Núm.: J4CI201600190 (701) Sobre: DESLINDE

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Juez Brignoni Mártir y la Juez Méndez Miró.

Brignoni Mártir, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de febrero de 2019.

Comparece la Sra. Lydia Albino Lugo (señora Albino Lugo o la peticionaria) y solicita la revocación de la Resolución emitida el 26 de junio de 2018 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Yauco (TPI o foro primario), notificada el 28 de junio de ese año. Mediante la referida Resolución, el TPI declaró No Ha Lugar la Solicitud de Sentencia Sumaria presentada por la peticionaria para la adjudicación de la acción de deslinde presentada por el Sr. Carlos Cernas Ocasio (señor Cernas Ocasio o el recurrido) en su contra. A su vez, concluyó que el recurrido está facultado para continuar con la acción de deslinde de su propiedad y ordenó a las partes escoger un perito por mutuo acuerdo para establecer los linderos de ambas fincas.

Por los fundamentos que pasamos a exponer, DENEGAMOS la expedición del auto de Certiorari presentado por la señora Albino Lugo.

I

El 23 de mayo de 2016, el señor Cernas Ocasio presentó una Demanda sobre deslinde ante el foro primario. Allí alegó que es dueño de una propiedad localizada en el Barrio Tallaboa Alto del municipio de Peñuelas y que tiene la siguiente descripción;

RÚSTICA: Predio de terreno localizado en el Barrio Tallaboa Alta del término municipal de Peñuelas, Puerto Rico, con una cabida superficial de 3,144.312 metros cuadrados, equivalentes a 0.80 cuerdas, en colindancias por el NORTE con tierras de la sucesión de Anastacio Vega; por el SUR con terrenos de la Sucesión de Ramón Rentas; por el ESTE con terrenos de las Sucesiones de Ramón Rentas Higinio y Ana matos; y por el OESTE con un camino vecinal y con terrenos de la Sucesión de Alejandro Rodríguez. Contiene una estructura en construcción mixta, dedicada a vivienda.

El señor Cernas Ocasio sostiene en la acción de deslinde presentada ante el TPI que la señora Albino Lugo, quien es vecina del Barrio Caracoles en Peñuelas, ocupa terrenos pertenecientes a éste en un área aproximada de 198.24 metros cuadrados. Sostiene además el señor Cernas Ocasio que la señora Albino Lugo no le permite acceso a su propiedad por haber colocado un portón y tener absoluto control sobre éste impidiendo así el libre acceso y tránsito de vehículos; que esta construyó una verja de cemento, por lo que solo puede llegar a su propiedad a través de un área menos accesible. El señor Cernas Ocasio afirmó ante el TPI que había realizado múltiples requerimientos judiciales a la aquí peticionaria sin obtener respuesta, por lo cual solicitó el deslinde de las propiedades.

El 9 de septiembre de 2016 la señora Albino Lugo presentó

Contestación a la Demanda y allí negó las alegaciones del señor Cernas Ocasio. La peticionaria alegó que el recurrido tiene acceso a su propiedad por un puente peatonal y que tanto la verja de cemento como el portón fueron construidos y colocados por ella años antes de que el señor Cernas Ocasio adquiriera la propiedad. Como defensas afirmativas la señora Albino Lugo levantó las siguientes: que había adquirido su propiedad el 7 de abril de 1995, mediante la Escritura Pública Número Veintiocho (28) otorgada ante el Notario Felipe Pérez Cruz, o sea, nueve años antes de que el señor Cernas Ocasio adquiriera la propiedad; que el portón al que alude el señor Cernas Ocasio, es el camino de entrada hacia la...

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