Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Febrero de 2019, número de resolución KLAN201900008

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201900008
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2019

LEXTA20190227-036 - Autoridad De Energia Electrica De PR v.

Sucn. Pastor Mandry Nones Javier Mandry Mercado

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL I

AUTORIDAD DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE PUERTO RICO
Apelada
v.
SUCN. PASTOR MANDRY NONES JAVIER MANDRY MERCADO
Apelante
KLAN201900008
Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Civil Núm.: K EF2012-0101 Sobre: Expropiación Forzosa

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Candelaria Rosa y el Juez Cancio Bigas

Ramírez Nazario, Erik Juan, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de febrero de 2019.

Comparece por derecho propio el señor Javier Mandry Mercado (señor Mandry o apelante) y nos solicita que revisemos una Sentencia emitida el 3 de diciembre de 2018, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI). Mediante el referido dictamen, el TPI ordenó el archivo del caso por haberse tornado académico.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, confirmamos la Sentencia apelada.

I.

Los hechos de este caso se remontan a una demanda de expropiación a la inversa presentada en el año 2008 por el señor Salvador Mandry Nones y varios miembros de su familia en contra del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA). Luego de varios trámites procesales, el 27 de febrero de 2014, el TPI, Sala de Ponce, emitió una Sentencia Parcial, en el caso Núm. J AC2008-0853, mediante la cual determinó que, en efecto, hubo una incautación legislativa que privó a los demandantes de todo beneficio económico de su propiedad. A su vez, el TPI determinó que a partir del 9 de agosto de 2008 el ELA advino titular de la finca en cuestión.

Asimismo, en el año 2008 la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) presentó una demanda de expropiación forzosa con el fin de adquirir una servidumbre en unos terrenos localizados en el Municipio de Ponce y pertenecientes a la Sucesión Pastor Mandry Nones (Sucesión). Dicha servidumbre sería utilizada para la construcción del proyecto denominado Gasoducto del Sur. El 2 de octubre de 2012, la AEE presentó una moción solicitando el desistimiento de la demanda de expropiación. El 13 de junio de 2014, el TPI emitió una Sentencia Parcial, en el caso Núm. K EF2012-0101, autorizando el desistimiento. No obstante, el TPI mantuvo la jurisdicción para dirimir los daños.

Luego de varios incidentes procesales, el 19 de octubre de 2018, todas las partes con interés...

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