Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Febrero de 2019, número de resolución KLCE201900080

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201900080
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2019

LEXTA20190228-093 - Samer Service Station Corp. v.

Gasolinera Shell Fairview Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL IX

SAMER SERVICE STATION CORP.
Peticionaria
v.
GASOLINERA SHELL FAIRVIEW INC.
Recurrida
KLCE201900080
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm.: K DP2016-1269 (801) Sobre: NEGLIGENCIA ESTABLECIMIENTO COMERCIAL

Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Grana Martínez y el Juez Sánchez Ramos.

Grana Martínez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 28 de febrero de 2019.

La peticionaria, Samer Service Station Corp., solicita que revisemos una resolución en la que el Tribunal de Primera Instancia le prohibió presentar los testigos anunciados a dos semanas de culminar el descubrimiento de prueba.La resolución recurrida fue dictada el 27 de noviembre de 2018 y notificada ese mismo día. El 21 de diciembre de 2018, el TPI notificó que no reconsideraría su dictamen.

El 22 de enero de 2019 declaramos HA LUGAR la Solicitud en auxilio de jurisdicción de la peticionaria y ordenamos a la recurrida a mostrar causa por la cual no debíamos expedir el recurso.[1]

El recurrido, Banco Popular de Puerto Rico, presentó su oposición al recurso y la recurrida, Fairview Service Station Inc., se unió a su escrito.

I

El 18 de octubre de 2016, la peticionaria presentó una demanda por daños y perjuicios contra los recurridos. La demandante alegó que un empleado de Fairview Service Station Inc., capturó la información electrónica de su tarjeta ATH y se apropió de dinero de su cuenta comercial. Además, responsabilizó al BPPR por no detectar la actividad fraudulenta y permitir los retiros ilegales.

La peticionaria alegó que sufrió pérdidas ascendentes a $100,000.00 y que tuvo que cerrar su negocio, debido a las actuaciones de los demandados.

Durante la Conferencia Inicial realizada el 15 de febrero de 2017, el TPI ordenó a las partes a terminar el descubrimiento de prueba en 90 días. La Conferencia con Antelación al Juicio fue señalada para el 26 de junio de 2017.

Véase, págs. 152-154 del apéndice. BPPR no compareció, porque el TPI había desestimado la reclamación en su contra. No obstante, ese dictamen fue revocado por el Tribunal de Apelaciones. El TPI concedió treinta días a partir del mandato del Tribunal de Apelaciones para concluir el descubrimiento de prueba.

La orden se notificó el 16 de agosto de 2017.

El 4 de octubre de 2017, la peticionaria presentó una primera demanda enmendada. El 2 de febrero de 2018 presentó una segunda demanda enmendada.

El 13 de abril de 2018 se realizó la Conferencia sobre el Estado de los Procedimientos. Allí BPPR informó sobre una posible transacción y que ambas partes acordaron suspender el descubrimiento de pruebahasta el 23 de abril de 2018. No obstante, de no lograrlo, contestaría los interrogatorios a partir de esa fecha y en o antes del 23 de mayo de 2018. El TPI extendió el descubrimiento de prueba hasta el 23 de julio de 2018. Véase, págs. 131-132 del apéndice.

El 8 de agosto de 2018, las partes presentaron una Moción conjunta solicitando extensión del descubrimiento de prueba”, debido a la necesidad de prueba adicional. Los abogados de BPPR y de Samer Services solicitaron una extensión al descubrimiento de prueba de 90 días vencederos el 22 de octubre de 2018.

Véase, págs. 120-124 del apéndice del recurso.

El 13 de agosto de 2018, el TPI evaluó la moción conjunta y extendió el descubrimiento de prueba hasta el 22 de octubre de 2018. La Conferencia con Antelación al Juicio y Vista Transaccional se transfirió para el 15 de noviembre de 2018. Véase, págs. 118-119 del apéndice. Fue nuevamente señalada para el 28 de noviembre de 2018. Véase, pág. 116 del apéndice.

El 12 de octubre de 2018, BPPR solicitó extender el descubrimiento de prueba hasta el 16 de noviembre de 2018, debido a que la peticionaria contestó tardíamente los interrogatorios objetados. Véase, pág. 112 del apéndice.

El 18 de octubre de 2018, el TPI extendió el descubrimiento de prueba hasta el 16 de noviembre de 2018 y advirtió que no sería extendido nuevamente. Véase, pág. 112 del apéndice.

El 5 de noviembre de 2018, BPPR objetó unos documentos y testigos, porque alegó que la peticionaria los anunció tardíamente en su segunda contestación enmendada a los interrogatorios. El recurrido adujo que la peticionaria intentaba traer esa prueba a solo dos semanas de finalizar el descubrimiento de prueba. Además, arguyó que algunos de los testigos anunciados eran completamente desconocidos y que otro era un perito. BPPR argumentó que la admisión de esa prueba en esa etapa de los procedimientos, lo colocaba en un estado de indefensión. Véase, pág. 52 del apéndice.

La peticionaria alegó que anunció a los testigos, dentro del término concedido por el TPI para realizar el descubrimiento de prueba y a un mes de la fecha de la Conferencia con Antelación al Juicio. La demandante explicó que:

1) Los testigos Ángel Luis Rodríguez Cruz, Héctor Torres Pérez, Carlos López Cruz y Javier Otero Colón son empleados de BPPR y fueron depuestos en su presencia.

2) Los testigos Janette Borges Rivera y Emisael Torres Burgos son empleados del BPPR y que se enteró de su existencia el 10 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR