Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Marzo de 2019, número de resolución KLCE201801335

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201801335
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución18 de Marzo de 2019

LEXTA20190318-010 - Luis G. Nieves Lopez v. Del Centro Produce

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XI

LUIS G. NIEVES LÓPEZ, MIGUEL A. TORRES ORTIZ Peticionarios v. DEL CENTRO PRODUCE, INC. ÁNGEL LÓPEZ RIVERA en su capacidad personal y oficial Recurridos
KLCE201801335
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Comerio Civil Núm.: B3CI201500633 Despido Ilegal y Represalia

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Surén Fuentes y la Jueza Cortés González.

Cintrón Cintrón, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de marzo de 2019.

Luis G. Nieves López y Miguel A. Torres Ortiz (peticionarios) comparecen y nos solicitan que revoquemos la Resolución dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Comerío (TPI) mediante la cual denegó la moción de sentencia sumaria de los peticionarios.

Contamos con el alegato en oposición de la parte recurrida, Del Centro Produce, Inc. (DCP).

Por los fundamentos que más adelante esbozamos, denegamos la expedición del auto solicitado por los peticionarios.

I.

Según surge del expediente y las determinaciones fácticas del TPI, los peticionarios laboraron para DCP hasta que fueron despedidos mediante cartas de 29 de abril de 2015, en las que el patrono informó el cierre de operaciones comenzando efectivo el 1 de mayo de 2015. Los peticionarios, Nieves y Torres respectivamente, ocupaban el tercer y cuarto lugar de antigüedad en la empresa. Otro empleado que ocupaba el quinto lugar de antigüedad, continuó laborando en DCP, luego de que se despidieran a los peticionarios. Estos junto a otros empleados, fueron entrevistados por el Departamento del Trabajo Federal, como parte de una investigación a DCP, entre marzo y abril de 2015. La empresa fue disuelta el 14 de agosto de 2016.[1]

Por lo antecedente, los peticionarios presentaron querella sobre despido injustificado y represalias, en contra de DCP. Entre otras incidencias, procesales, el caso se convirtió al trámite ordinario, y los peticionarios enmendaron su causa de acción para incluir un reclamo en daños y acumular como codemandado en su capacidad oficial y personal, a Ángel López Rivera, presidente, tesorero e incorporador de DCP.

Entre otros trámites, incluso un extenso y accidentado descubrimiento de prueba, los peticionarios presentaron al menos 2 mociones de sentencia sumaria, a lo cual, DCP se opuso y a su vez, solicitó...

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