Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Marzo de 2019, número de resolución KLCE201801731
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201801731 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 20 de Marzo de 2019 |
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior San Juan Criminal número: K LA2018G0122 K LA2018G0123 K CD2018M0005 Sobre: Ley 404, Art. 5.04, 5.15, Art. 177 |
Panel integrado por su presidente, el juez Figueroa Cabán, y la jueza Birriel Cardona, la jueza Nieves Figueroa y el juez Salgado Schwarz[1].
Birriel Cardona, Jueza Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 20 de marzo de 2019.
Comparece Francisco G. Domingo González (peticionario o el señor Domingo González) mediante recurso de certiorari y nos solicita que revisemos una Resolución emitida el 14 de noviembre de 2018 y notificada el 15 de noviembre de 2018 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI).
En el aludido dictamen, el TPI declaró No Ha Lugar una Solicitud de Desestimación por Incumplimiento del Ministerio Público de Divulgar Prueba Exculpatoria.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, se DENIEGA la expedición del recurso de certiorari.
Por hechos presuntamente ocurridos el 17 de diciembre de 2017, el Ministerio Público presentó denuncias contra el señor Domingo González por infracciones a los Arts. 5.04 y 5.15 de la Ley de Armas, 25 LPRA secs. 458c y 458n, así como una denuncia por el delito de amenaza, según tipificado en el Art. 177 del Código Penal de 2012, sec.
5243. Tras encontrarse causa para arresto por los tres delitos, se celebró la vista preliminar el 20 de abril de 2018. En esta última, se encontró causa para acusar al peticionario por todos los delitos imputados.
Luego de algunos incidentes procesales, el 5 de octubre de 2018, el peticionario insta una Solicitud de Desestimación por Incumplimiento del Ministerio Público de Divulgar Prueba Exculpatoria. Sostiene que, el 11 de agosto de 2018, advino en conocimiento de que la testigo principal del Ministerio Público, la señora Alexandra Maldonado Pumarejo, se internó en el Hospital San Juan Capestrano luego de celebrada la vista preliminar. En vista de ello, argumenta que la información relativa a dicha hospitalización constituye prueba exculpatoria que, a tenor con el debido proceso de ley...
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