Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Marzo de 2019, número de resolución KLRA201900129

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201900129
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2019

LEXTA20190326-018 - Emanuel Lopez Locorriere v. Negociado De Seguridad De Empleo (nse)

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL XI

EMANUEL LÓPEZ LOCORRIERE
Recurrente
v.
NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO (NSE)
Recurrido
KLRA201900129
Revisión Judicial procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. Sobre: Inelegibilidad a los Beneficios de Compensación por Desempleo Caso Número: C-01924-18S

Panel integrado por su presidenta, la jueza Cintrón Cintrón, la jueza Surén Fuentes y la jueza Cortés González

Cortés González, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de marzo de 2019.

El señor Emanuel López Locorriere (señor López o recurrente), comparece ante nos por derecho propio e in forma pauperis[1] mediante un recurso de Revisión Especial bajo la Regla 67 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 LPRA, Ap. XXII-B, R. 67. Solicita la revisión de una Decisión del Secretario del Trabajo y Recursos que confirmó la determinación de inelegibilidad a beneficios del Negociado de Seguridad de Empleo (NSE).

Tras una lectura del recurso y de los documentos que fueron unidos a este, advertimos que procede su desestimación, por este foro intermedio carecer de jurisdicción para intervenir en el asunto.

I.

De los documentos que obran en el recurso de Revisión Especial se desprende que el señor López, solicitó los beneficios de compensación por desempleo. El 13 de junio de 2018 el NSE dispuso que el recurrente era inelegible a los beneficios que establece la Ley Núm. 74-1956, según enmendada, conocida como la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico, 29 LPRA sec. 704. Inconforme, el 31 de julio de 2018, el señor López interpuso la apelación de esa determinación. Tras los trámites de rigor, el árbitro emitió su Resolución reafirmando la denegatoria.

Posteriormente, el recurrente acudió en recurso de apelación ante el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos (Secretario) impugnando la decisión del árbitro.

El 10 de agosto de 2018, el Secretario emitió su Decisión en virtud de la cual luego de examinar las alegaciones y el contenido del expediente administrativo adoptó por referencia e hizo formar parte de su decisión, las determinaciones formuladas por el árbitro. Así confirmó la Resolución apelada. Oportunamente, el recurrente solicitó la reconsideración de ese dictamen.

Dicha solicitud fue denegada. La Decisión en...

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