Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Marzo de 2019, número de resolución KLRX201900006
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRX201900006 |
Tipo de recurso | Recursos extraordinarios |
Fecha de Resolución | 26 de Marzo de 2019 |
Cardinal Leasing, Inc. | | RECURSO EXTRAORDINARIO procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez Sobre: Desahucio por Falta de Pago Civil Núm.: MZ2018CV00334 |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Rivera Colón y la Juez Lebrón Nieves.
En San Juan, Puerto Rico, a 26 de marzo de 2019.
Cardinal Leasing, Inc., nos solicita que expidamos un auto de mandamus dirigido a la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Mayagüez, para que ordene el lanzamiento de la parte demandada, luego de advenir final y firme una sentencia que decreta su desahucio.
A continuación, reseñamos el tracto fáctico y procesal relevante, seguido del marco jurídico que sostiene nuestra determinación.
El 29 de octubre de 2018, Cardinal Leasing, Inc., presentó una demanda sobre cobro de dinero contra el Sr. Carlos J. Rodríguez, la Sra. Norma Santiago Rosario, la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos y Farmacia Gandulla, Inc. h/n/c Farmacia Serrano de Miradero. Alegó que la parte demandada ocupaba un local suyo para fines comerciales en virtud de un contrato de arrendamiento suscrito el 31 de marzo de 2010. Manifestó que la parte arrendataria desde el 1 de octubre de 2018, ha incumplido su obligación de pagar los cánones de arrendamiento. Expuso que ante el incumplimiento de la parte demandada ha requerido en múltiples ocasiones el pago de la renta y ésta continúa en atrasos. Así, solicitó que se ordenara el desahucio de la parte demandada y se le condenara a satisfacer el pago de $29,895.00 cuya suma continúa aumentando a partir del 1 de noviembre de 2018 a razón de $5,000.00 mensuales hasta que entregue el local o sea lanzada del mismo.
El 27 de noviembre de 2018, la parte demandada presentó su contestación a la demanda. Aceptó cada una de las alegaciones del demandante y admitió que, al mes de octubre de 2018, el balance de la deuda era de $29,145.00.
El 28 de noviembre...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba