Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Marzo de 2019, número de resolución KLCE201900197

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201900197
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2019

LEXTA20190328-030 - Instrumentation Sevices v. Autoridad De Acueductos Y Alcantarillados De PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL IV

INSTRUMENTATION SEVICES, INC. (INSCO)
Recurrente
v.
AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
DE PUERTO RICO
Recurrida
KLCE201900197
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de SAN JUAN Civil. Núm.: K CD2015-0963 (607) Sobre: INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL Y COBRO DE DINERO

Panel integrado por su presidenta la Juez Coll Martí, el Juez Flores García y el Juez Rivera Torres

Coll Martí, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de marzo de 2019.

Comparece Instrumentation Services, Inc., (INSCO o parte peticionaria) y nos solicita que revisemos una Resolución emitida el 12 de diciembre de 2018, notificada el 21 del mismo mes y año. Mediante la aludida determinación, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, denegó la solicitud de sentencia sumaria presentada por la parte peticionaria. Por los fundamentos que discutiremos, se deniega la expedición del auto de Certiorari.

Veamos los hechos pertinentes.

I

El 6 de mayo de 2015, INSCO presentó una demanda de incumplimiento de contrato y cobro de dinero en contra de la AAA. En síntesis, INSCO solicitó el pago de $234,770.01 por servicios prestados. Por su parte, la AAA contestó la demanda en la que alegó afirmativamente que INSCO había violado el acuerdo entre las partes al proveer los servicios mediante técnicos no licenciados.

Así las cosas, el 7 de marzo de 2016, INSCO presentó una solicitud de sentencia sumaria en la que afirmó que no existía controversia en torno a que era acreedor al dinero reclamado. Por su parte, la AAA se opuso y arguyó que la parte peticionaria estaba impedida de reclamar el pago por los servicios prestados, toda vez que incumplió el contrato al suplir los servicios acordados con técnicos sin licencia.

Examinadas las posturas de las partes, el Tribunal de Primera Instancia emitió la Resolución recurrida mediante la que denegó la solicitud de sentencia sumaria presentada por INSCO. El foro primario detalló los hechos sobre los cuales no existía controversia, entre los cuales, determinó como un hecho probado que era necesario que los técnicos fueran licenciados. Empero, ordenó la continuación de los procedimientos y la celebración de un juicio plenario para dilucidar el resto de las controversias en torno a los servicios...

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