Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Marzo de 2019, número de resolución KLAN201900192

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201900192
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2019

LEXTA20190329-032 - Victor Roberto Fernandez Ramos v.

Euripides Del Villar Rosario

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

VICTOR ROBERTO FERNÁNDEZ RAMOS
Apelada
v.
EURIPIDES DEL VILLAR ROSARIO
Apelante
KLAN201900192
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil Núm.: SJ2018CV06462 Sobre: Desahucio.

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, el Juez Ramos Torres, el Juez Bonilla Ortiz.

Jiménez Velázquez, jueza ponente.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de marzo de 2019.

El 22 de febrero de 2019, el señor Eurípides Del Villar Rosario (señor Del Villar) instó, por derecho propio y de manera pauperis, un escrito de apelación[1], que acogemos como un recurso certiorari, por cuanto procura la revisión de una orden interlocutoria en etapa post sentencia.[2]

Además, tras examinar su solicitud para litigar in forma pauperis, relevamos al señor Del Villar del pago de los aranceles que corresponden al recurso que nos ocupa, por haber quedado acreditada su indigencia económica en etapa apelativa.

Igualmente, en virtud de la Regla 7 (B) (5) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, prescindimos de los términos no jurisdiccionales para impartir justicia apelativa de manera rápida y eficaz. 4 LPRA Ap. XXII-B, R. 7 (B) (5).

Luego de evaluar el escrito del señor Del Villar, y aun considerando sus alegaciones de la manera más favorable, desestimamos el recurso por académico.

I

De entrada, hay que señalar que el señor Del Villar no acompañó su recurso con copia de documento alguno. De la solicitud no se desprende cuál es el dictamen que pretende que revisemos, su fecha de emisión ni su contenido. El cuerpo del escrito tampoco contiene un señalamiento de error claro y preciso.

Solo se limita a citar jurisprudencia federal concerniente al debido proceso de ley, y las doctrinas del error extraordinario o plain error y abuso de discreción.[3]

En la carpeta de su escrito, el señor Del Villar hace referencia al caso civil número SJ2018CV06462. Una búsqueda en el Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC) nos llevó a la Sentencia dictada el 22 de octubre de 2018 y notificada el 21 de octubre de 2018, por el Tribunal de Primera Instancia, en el referido caso. De esta surge que el pleito se originó con una demanda de desahucio presentada por el señor Víctor Roberto Fernández Ramos (señor Fernández) en contra del señor Del Villar. En la demanda, se solicitó, sin así especificarlo, la resolución del contrato de arrendamiento habido entre las partes. El foro primario celebró una vista el 13 de septiembre de 2018, a la que compareció el...

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