Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Marzo de 2019, número de resolución KLCE201900352

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201900352
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2019

LEXTA20190329-059 - El Pueblo De PR v. Ramiro Sanchez Ramirez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VII

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Recurrida
V.
RAMIRO SÁNCHEZ RAMÍREZ
PETICIONARIO
KLCE201900352
Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla Caso. Núm.: A LA2005G0067 a 69 Sobre: EXPROPIACIÓN FORZOSA

Panel integrado por su presidenta, la Juez Gómez Córdova, la Jueza Rivera Marchand, y el Juez Adames Soto

Gómez Córdova, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de marzo de 2019.

Compareció el Sr. Ramiro Sánchez Ramírez (Peticionario) mediante Petición de Certiorari en solicitud de la revocación de una resolución emitida el 15 de febrero de 2019 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla (foro primario o recurrido). Mediante su dictamen el foro primario declaró No Ha Lugar a una Moción interpuesta por el peticionario al amparo de la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal. Revisado tanto el expediente ante nuestra consideración como la información que surge de nuestra base de datos concluimos que el peticionario ha elaborado el mismo planteamiento ante este foro en varias ocasiones[1]. Por tanto, concluimos que siendo un asunto previamente adjudicado por este foro aplica la doctrina de cosa juzgada, por lo que no merece consideración adicional.

En consecuencia, denegamos expedir el auto solicitado. Regla 40(D) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 L.P.R.A. Ap...

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