Sentencia de Tribunal Apelativo de 2 de Abril de 2019, número de resolución KLCE201900434

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201900434
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2019

LEXTA20190402-001 - Arlene E. Santiago Velazquez v. Oscar Crespo Quiñones

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XI

ARLENE E. SANTIAGO VELÁZQUEZ Peticionarios v. OSCAR CRESPO QUIÑONES Recurridos
KLCE201900434
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Civil Núm.: K AC 2010-1494 Cumplimiento Específico de Contrato y/o Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Surén Fuentes y la Jueza Cortés González.

Cintrón Cintrón, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 02 de abril de 2019.

Comparece el señor Oscar Crespo Quiñones (Sr. Crespo Quiñones o recurrente) mediante recurso de certiorari, el cual acompañó de una Moción en Auxilio de Jurisdicción, y nos solicita la revisión de una Orden notificada el 21 de febrero de 2019, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. El recurrente, a su vez, resaltó otra orden dictada el 7 de marzo de 2019, a través de la cual el foro recurrido citó a las partes a una vista a llevarse a cabo este próximo miércoles 3 de abril de 2019 a las 2:00 p.m. Es la contención del Sr.

Santiago Vélez que debemos paralizar los procedimientos ante el foro primario, toda vez que la vista es una de desacato y que dicho remedio resulta improcedente, según determinado previamente por el tribunal recurrido, mediante sentencia final y firme.

Luego de examinar el expediente, procedemos a declarar No Ha Lugar la solicitud de paralización de los procedimientos ante el foro recurrido y denegamos expedir el auto de certiorari.

I.

El presente caso lo origina una sentencia dictada por el foro primario el 12 de julio de 2013, en virtud de la cual declaró con lugar una demanda sobre cobro de dinero que incoó la señora Arlene E. Santiago Velázquez (Sra. Santiago Velázquez o recurrida) contra su exesposo, el Sr. Crespo Quiñones. Según lo dispuesto en dicha sentencia, el tribunal recurrido ordenó al recurrente a pagar a la Sra. Santiago Velázquez la cantidad de $5,000.00 mensuales desde la fecha del divorcio y de manera vitalicia, de conformidad con lo establecido en las capitulaciones matrimoniales suscritas por las partes previo a la celebración del matrimonio.

Surge del expediente que, a comienzos del año 2017, el recurrente presentó una solicitud de Quiebras ante la Corte de Quiebras de Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico (Corte de Quiebras). Consecuentemente, la recurrida presentó una moción ante la Corte de Quiebras en la que solicitó que se...

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