Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Abril de 2019, número de resolución KLCE201900444

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201900444
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución26 de Abril de 2019

LEXTA20190426-015 - Municipio De Salinas S v. Cobra Acquisitions

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XII

MUNICIPIO DE SALINAS
DEMANDANTES RECURRIDOS
v.
COBRA ACQUISITIONS, LLC; AUTORIDAD DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DEMANDADOS PETICIONARIOS
KLCE201900444
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Salinas Caso Núm.: SA2018CV00158 Sobre: PAGO ARBITRIOS DE CONSTRUCCIÓN Y PATENTES MUNICIPALES

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Juez Brignoni Mártir y la Juez Méndez Miró.

Brignoni Mártir, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de abril de 2019.

El 3 de abril de 2019, Cobra Acquisitions, LLC (Cobra o la parte Peticionaria) presentó ante nos un recurso de Certiorari solicitando que se expida el auto y se revoque la Resolución emitida y archivada en autos el 18 de marzo de 2019 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama (TPI). Mediante el aludido dictamen, el foro primario declaró No Ha Lugar la Moción de Desestimación presentada por la parte Peticionaria.

Por las razones que exponemos a continuación, denegamos la expedición del recurso.

-I-

El 30 de octubre de 2018, el Municipio de Salinas (el Municipio o la parte Recurrida) instó una Demanda contra la parte Peticionaria y la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) reclamando el pago de arbitrios de construcción y de patentes municipales al amparo de legislación estatal y municipal. En dicha reclamación, el Municipio alegó que, tras el paso de los huracanes Irma y María, la AEE contrató distintas compañías para reestablecer los servicios de energía eléctrica, entre ellas, Cobra. La parte Recurrida arguyó en la Demanda que Cobra incumplió con la Declaración de Actividad a tenor con la Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico (Ley 81-1991). Añadió que los mencionados trabajos de reconstrucción realizados por Cobra dentro de los límites territoriales del Municipio estaban sujetos al pago arbitrios de construcción establecido en la Ley de Municipios Autónomos, supra, estimados en $3,500,000.00, más intereses, recargos y penalidades. Por último, el Municipio igualmente reclamó el pago estimado de $200,000.00 por concepto de patentes municipales sobre los servicios efectuados por Cobra para la reconstrucción del sistema energético realizado en dicho municipio. El 1 de noviembre de 2018, se enmendó la Demanda.[1]

Luego de emplazadas las partes codemandadas, el 20 de febrero de 2019, Cobra presentó una Moción de Desestimación al amparo de la Regla 10.2 de Procedimiento Civil por falta de jurisdicción sobre la materia y por dejar de...

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