Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2019, número de resolución KLAN201801365

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201801365
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Abril de 2019

LEXTA20190430-018 - Walgreens Of PR v. Municipio Autonomo De Caguas

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VI

WALGREENS OF PUERTO RICO, INC.
Apelantes
v.
MUNICIPIO AUTÓNOMO DE CAGUAS, Y OTROS
Apelados
KLAN201801365
Apelación
Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas
Civil Núm.:
E AC 2014-0141
Sobre:
Impugnación de Deficiencias de Patentes Municipales; Reclamación de Crédito de Patentes Municipales; Sentencia Declaratoria

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Romero García y el Juez Torres Ramírez

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2019.

Walgreens of Puerto Rico, Inc., (en adelante, Walgreens o la parte apelante) acude ante nos en recurso de apelación para que revoquemos una Sentencia Enmendada[1] emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas (en adelante, TPI), el 24 de mayo de 2018, notificada el 5 de junio de 2018. Mediante la referida sentencia el foro apelado declaró Ha Lugar la Solicitud de Sentencia Sumaria presentada por el Municipio de Caguas (en adelante, MAC o la parte apelada). El TPI concluyó, entre otras cosas, que el reclamo del MAC, sobre deficiencias en el pago de la patente municipal para los años fiscales 2008-09 hasta el 2014-15, procedía en derecho. Como resultado, desestimó la demanda sobre impugnación de deficiencias instada por Walgreens. Conforme a ello, ordenó al MAC a presentar un escrito con el cómputo de la deficiencia final a ser aprobada por el tribunal. El 15 octubre de 2018, el TPI emitió una Resolución[2] en la cual aprobó el cómputo final e impuso a Walgreens el pago de $1,655,335.00, en concepto de las patentes adeudadas.

I.

El 28 de noviembre de 2012, el MAC le cursó a Walgreens una notificación preliminar sobre deficiencias en el pago de patentes municipales, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Patentes Municipales, Ley Núm. 113 de 10 de julio de 1974 (en adelante Ley Núm. 113-1974 o Ley de Patentes Municipales), respecto a los años fiscales 2007-08 al 2012-13.[3] Oportunamente, Walgreens objetó la deficiencia preliminar notificada alegando que la cantidad reclamada por el MAC era incorrecta.[4] Por ello, solicitó la reconsideración y celebración de una vista administrativa ante el MAC para dilucidar la controversia. En síntesis, Walgreens arguyó que había hecho entrega de la suma correspondiente en concepto del pago de las patentes municipales, según lo requerido por ley. Expresó que las deficiencias notificadas se debían a varios errores cometidos por el MAC al realizar el cómputo de la patente y que, por tanto, eran improcedentes.

Una vez iniciados los trámites administrativos de rigor ante el MAC, Walgreens alegó como primer error que el MAC identificó deficiencias, puesto que, al realizar el cómputo de la patente incluyó como parte del volumen de negocios una cantidad del ingreso bruto proveniente de las ventas de medicamentos y servicios brindados a beneficiarios de los Programas Federales FEHBA, TRICARE y Medicare/Medicaid.

Señaló que, bajo la doctrina de campo ocupado y según lo dispuesto en las leyes federales atinentes, al MAC le estaba prohibido imponer el pago de contribuciones a la porción del volumen de negocios proveniente de las referidas ventas. Conforme a lo anterior, sostuvo que tenía derecho a un crédito en concepto de sobrepago porque al preparar las declaraciones de volumen de negocios correspondientes (en adelante DVNs) en años pasados, había incluido erróneamente el ingreso bruto proveniente de los mencionados programas federales que estaban, a su entender, exentos del pago de arbitrios.[5]

Además, como segundo error, Walgreens adujo que el método utilizado por el MAC para calcular el cómputo de la patente municipal, entiéndase, la cantidad equivalente al volumen de negocio generado en el municipio, era incorrecto.

Argumentó que el cómputo de la patente debía ser a base del método de prorrateo por pies cuadrados dispuesto en la Ley de Patentes Municipales, 21 LPRA sec.

651a(a)(7)(H). Añadió que dicho método era el aplicable porque no podía determinar qué por ciento del volumen de negocios era atribuible a la Oficina Administrativa y los dos Centros de Distribución ubicados fuera del territorio del MAC, elementos críticos de su operación. Por ello, sostuvo que asignó su volumen total de negocios, entre todos los municipios donde tenía operaciones comerciales, a base de los pies cuadrados de los locales ubicados en cada municipio.

En respuesta, el MAC arguyó que las exenciones reclamadas no procedían porque las prohibiciones tributarias dispuestas en las leyes federales invocadas eran inaplicables a corporaciones como Walgreens. A su vez, rechazó el método de prorrateo sugerido por Walgreens e indicó que este era la excepción y no la norma. Fundamentó que Walgreens podía determinar qué parte del volumen de negocios provenía de cada una de sus tiendas ubicadas en los distintos municipios, y por ello, no procedía aplicar el método excepcional de prorrateo.

Luego de varias reuniones informales y comunicaciones extrajudiciales, a los fines de resolver la controversia, las partes no lograron llegar a un acuerdo. Como resultado, el MAC envió a Walgreens una “Notificación Final de Deficiencia” en el pago de patentes municipales, el 12 de febrero de 2014.[6] Mediante esta, (i) reafirmó su determinación preliminar de rechazo al crédito reclamado por Walgreens; (ii) reiteró que el cálculo para determinar la patente municipal debía ser por ventas directas y no por pies cuadrados; y (iii) reclamó la cantidad de $1,302,810.96 en concepto de deficiencias en el pago de patentes municipales.

Como consecuencia, el 14 de marzo de 2014, Walgreens instó demanda sobre impugnación de deficiencias de patentes municipales, reclamación de crédito y sentencia declaratoria. Argumentó, entre otras cosas, que la Notificación de Deficiencias Final era prematura y por tanto nula, ya que el MAC la había emitido previo a la celebración de una vista administrativa. En respuesta, el 24 de abril de 2014, el MAC solicitó al TPI la paralización de los procedimientos en el caso de autos hasta que los trámites administrativos culminaran.

Posteriormente, el 29 de mayo de 2014, se celebró la vista administrativa y en la misma fecha, el MAC emitió una notificación preliminar enmendada, depositada en el correo el 2 de junio de 2014. Mediante esta reclamó como deficiencia, por concepto de patentes municipales, la cantidad de $1,458,600.97 correspondiente a los años fiscales 2007-08 al 2014-15. El 16 de octubre de 2014[7], el MAC cursó Notificación Final de Deficiencia en la cual reclamó una cantidad adicional en concepto de intereses, para una deficiencia total ascendente a $1,462,565.74, incluyendo intereses.

Inconforme, el 17 de noviembre de 2014, luego de varios incidentes procesales, Walgreens presentó demanda enmendada e impugnó la notificación antes mencionada, alegando que la cantidad señalada por el MAC era incorrecta. Fundamentó su alegación en los planteamientos ya mencionados relacionados a los errores alegadamente cometidos por el MAC. En síntesis, argumentó que al realizar el cómputo de la deficiencia el MAC no consideró el crédito por los sobrepagos realizados. Además, sostuvo que, al computar la deficiencia, el MAC incluyó como parte del volumen de negocios, los ingresos que estaban exentos del pago de contribuciones, por disposición de leyes federales. A su vez, reiteró que el MAC había utilizado como base para el cómputo de la deficiencia el ingreso bruto por concepto de las ventas generadas en el municipio, cuando lo que procedía era utilizar la distribución del volumen total de negocios a base de la fórmula de pies cuadrados establecida en la Sección 2(a)(7)(H) de la Ley de Patentes Municipales, supra. Por último, alegó que al enviarse la notificación final de deficiencias fuera del término establecido por ley, la acción del MAC para el cobro de las deficiencias correspondiente a los años 2007-08 hasta el 2010-11, estaba prescrita.

El 4 de febrero de 2015, el MAC presentó Contestación a la Demanda Enmendada. En síntesis, negó el que Walgreens tuviera un crédito a su favor por sobrepago y sostuvo su posición sobre la inaplicabilidad de las exenciones federales. Además, arguyó que el método de prorrateo utilizado por Walgreens para computar la cantidad a pagar en concepto de patentes municipales era incorrecto, razón por la cual procedía el reclamo de deficiencias. El 1 de octubre de 2015, luego de varios incidentes procesales, el MAC sometió una Solicitud de Sentencia por las Alegaciones y/o Se Dicte Sentencia Sumaria.

Mediante la referida moción, el MAC reformuló los argumentos esbozados en la contestación a la demanda enmendada, alegó que la notificación final de deficiencias se había realizado dentro del término de 4 años establecido en la Ley de Patentes Municipales, supra y por ello, solicitó la desestimación de la demanda.

Así las cosas, luego de que Walgreens presentara su oposición, el TPI emitió Sentencia el 2 febrero de 2018, notificada el 7 del mismo mes y año.

Mediante la referida sentencia declaró Ha Lugar la solicitud de sentencia sumaria y desestimó la demanda incoada por Walgreens. Ante tal determinación, Walgreens presentó Solicitud de Enmienda Nun Pro Tunc, o en la Alternativa, de Reconsideración y de Determinaciones de Hechos Adicionales, el 22 de febrero de 2018. Posteriormente, el TPI emitió la Sentencia Enmendada apelada y luego, la correspondiente Resolución aprobando el cómputo de la deficiencia.

Inconforme, Walgreens comparece ante nos mediante recurso de apelación alegando que:

  1. Erró el TPI al hacer determinaciones de hecho (sic) distintas a las presentadas por las partes al solicitar una sentencia por las alegaciones.

  2. Erró el TPI al determinar que las notificaciones finales de deficiencia para los años fiscales...

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