Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Mayo de 2019, número de resolución KLCE201900494

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201900494
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2019

LEXTA20190516-003 - El Pueblo De PR v. Kendric A. Morell Torres

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VII

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Peticionario
v.
KENDRIC A. MORELL TORRES
Recurrido
KLCE201900494
Recurso de certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama Caso Núm. G VI2016G0001 G LA2016G0001 al 0009 G OP2016G0001 Por: Infr. Art. 93(A) Primer Grado C.P. Infr. Arts. 5.04 (6c), 5.07(2c) y 5.15 de la Ley de Armas Infr. Art. 244 C.P.

Panel integrado por su presidenta, la Juez Gómez Córdova, la Jueza Rivera Marchand y el Juez Adames Soto.

Rivera Marchand, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 16 de mayo de 2019.

Comparece ante nosotros, mediante recurso de certiorari, El Pueblo de Puerto Rico (parte peticionaria) por conducto de la Oficina del Procurador General y solicita la revocación de una Resolución y orden emitida el 29 de enero de 2019 por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de Guayama. Mediante el referido dictamen, el foro primario declaró con lugar una moción de nuevo juicio presentada por Kendric Anthony Morell Torres (recurrido o Morell Torres). El TPI dejó sin efecto el fallo de culpabilidad emitido el 6 de marzo de 2018 y la sentencia dictada el 24 de abril de 2018. Además, reinstaló las fianzas originales impuestas en todos los cargos y señaló vista sobre estado de los procedimientos. Exponemos el trámite procesal a continuación.

I.

El Ministerio Público presentó varias denuncias en contra de Morell Torres por hechos ocurridos el 29 de septiembre de 2014. En las denuncias se le imputó a Morell Torres haber cometido asesinato en primer grado, conspiración, seis cargos del delito de portación y uso de armas de fuego sin licencia, dos cargos por posesión o uso ilegal de armas largas semiautomáticas, automáticas o escopeta de cañón cortado, y un cargo por disparar o apuntar armas. Luego del trámite correspondiente, se presentaron las acusaciones y se celebró el juicio por tribunal de derecho ante la Jueza Yaritza Carrasquillo Aponte.[1]

El TPI halló culpable al acusado por los delitos imputados y, el 24 de abril de 2018, dictó sentencia condenando a Morell Torres a cumplir 123 años de cárcel por el delito de asesinato en primer grado, y 3 años y 9 meses por el delito de conspiración -estas penas se cumplirían de manera concurrente.

Asimismo, el TPI condenó a Morell Torres a cumplir: 20 años de cárcel por cada uno de los 6 cargos de portación y uso de armas de fuego sin licencia; 48 años de prisión por cada uno de los dos cargos de posesión o uso ilegal de armas largas semiautomáticas, automáticas o escopeta de cañón cortado; y 10 años de cárcel por el delito de disparar o apuntar armas. El foro recurrido dispuso que estas penas tipificadas en la Ley de Armas de Puerto Rico se cumplirían primero y de manera consecutivas entre sí, y con las penas impuestas por el asesinato en primer grado y conspiración.[2]

El 14 de noviembre de 2018, Morell Torres presentó una Moción solicitando anulación de sentencia y celebración de nuevo juicio al amparo de la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal. En dicho escrito, la defensa expresó que fue contratada para la etapa apelativa del caso, pero al investigar, analizar, y preparar el alegato de apelación, advino en conocimiento de una situación relacionada con la participación de la Jueza Carrasquillo Aponte en el caso. La defensa alegó lo siguiente:

[…]

  1. En días recientes, durante el proceso de investigación, análisis y preparación del alegato de apelación, la defensa que suscribe advino en conocimiento de que un mes y medio antes de la Lectura de Acusación del presente caso, específicamente el 3 de diciembre de 2015, la Honorable Jueza Carrasquillo Aponte se inhibió motu proprio de atender varios casos en los cuales participó el Agente Carlos León Vázquez, placa 28905.

  2. El agente León Vázquez fue el agente encargado de realizar la investigación que dio lugar a la presentación de cargos en el caso de epígrafe, además de ser el agente testigo presentado por el Ministerio Público para declarar en contra del señor Morell Torres durante el proceso del juicio.

  3. La Honorable Jueza Carrasquillo Aponte tenía el deber y la obligación ética, al igual que lo hizo un mes antes en un proceso que se iba a estar celebrando coetáneamente al caso de epígrafe, de inhibirse de atender el presente caso o, en su defecto, poner en...

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