Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Mayo de 2019, número de resolución KLCE201900393

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201900393
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2019

LEXTA20190531-052 - El Pueblo De PR v. Joshua J. Rodriguez Cortes

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL II

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Peticionario
v.
JOSHUA J. RODRÍGUEZ CORTÉS
Recurrido
KLCE201900393
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Criminal número: JSC2018G0200 JFJ2018G0038 JRI2018G0001 Sobre: Art. 404, S.C. Art. 231 y 285 C.P.

Panel integrado por su presidenta, la jueza Birriel Cardona, y la jueza Ortiz Flores y el juez Rodríguez Casillas.

Birriel Cardona, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de mayo de 2019.

Mediante recurso de certiorari comparece El Pueblo de Puerto Rico representado por la Oficina del Procurador General (OPG) y solicita la revisión de la resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce (TPI).

El referido dictamen acoge la Solicitud de Supresión de Evidencia instada por el señor Joshua Rodríguez Cortés (la parte recurrida o el señor Rodríguez) y declara inadmisible la evidencia ocupada en el caso ante el TPI. Oportunamente, el Ministerio Público solicita la reconsideración de ese dictamen, la que fue denegada el 19 de febrero de 2019.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, denegamos la expedición el auto de certiorari solicitado.

I.

Surge del expediente ante nuestra consideración que los hechos e incidentes esenciales para disponer del recurso son los siguientes.

El 8 de septiembre de 2018 en Ponce, Puerto Rico el Ministerio Público presenta tres acusaciones contra el señor Rodríguez, a saber: un cargo por posesión de sustancia controlada, Artículo 404 de la Ley de Sustancias Controladas, 24 LPRA sec. 2404; y dos cargos por Destrucción de Pruebas e Incendio Agravado, Artículos 285 y 231 del Código Penal.

Luego del acto de Lectura de Acusación que se celebra el 4 de diciembre de 2018 el señor Rodríguez presenta una Moción Solicitando Supresión de Evidencia al amparo de la Regla 234 de Procedimiento Criminal, 34 LPRA Ap. II, R.234. Como parte del trámite procesal, se señala una vista el 23 de enero de 2019 para dirimir dicha moción.

Consecuentemente, el TPI declara Ha lugar la Moción Solicitando Supresión de Evidencia y decreta inadmisible la evidencia ocupada en el caso.

Inconforme, la OPG presenta un recurso de certiorari donde adjudica al TPI la comisión del siguiente error:

ERRÓ EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA AL SUPRIMIR LA EVIDENCIA INCAUTADA EN ESTE CASO, AÚN CUANDO, SEGÚN ESTABLECIÓ LA EVIDENCIA SOMETIDA POR EL MINISTERIO PÚBLICO DURANTE LA VISTA EVIDENCIARÍA, LA INTERVENCIÓN DEL ESTADO FUE-POR TRATARSE DE UNA SITUACIÓN DE EMERGENCIA-JUSTIFICADA, LEGÍTIMA Y RAZONABLE.

II.

La prueba testifical desfilada en la vista sobre supresión de evidencia consistió de lo siguiente:

  1. Sargento Francis A. Álvarez Rosario

    El Sargento Francis A. Álvarez Rosario trabaja para la Policía de Puerto Rico adscrito al Plan de Zona de Ponce. El día 8 de septiembre de 2018 tomó turno a las 4:00 de la tarde. Ese día se encontraba en un plan de trabajo preventivo en lugares de alta incidencia criminal de Ponce. Aclaró que este plan de trabajo podía enmendarse según las necesidades; como en efecto sucedió.

    Declaró que en horas de la noche se recibió una confidencia sobre una persona armada en el área de la plazoleta entre el bloque 37 y 35 del Residencial Arístides Chavier en Ponce. Establecieron un plan de trabajo donde alrededor de 18 patrullas rotuladas se personaron al lugar. Llegaron y buscaron, pero no dieron con la supuesta persona armada. Al disponerse a salir del residencial se oyen unas alarmas de fuego y ve que sale humo por las ventanas de un apartamento del segundo piso del bloque 35. Decidieron virar hacia el bloque 35 y tres de agentes suben al apartamento 340. Vio que salía humo por el área del baño y de la estructura. Los agentes empiezan a tocar la puerta, ya que presumían que podía haber alguna persona, identificándose como “Policía”. Al no obtener contestación el sargento Álvarez busca en el baúl de su patrulla una herramienta para forzar la entrada logrando acceso al interior. Al abrir se percatan de un joven sentado, mirando hacia abajo. Le preguntaron si vivía allí y qué había pasado, pero se quedó callado.

    Acto seguido el sargento entró a cada uno de los tres cuartos del apartamento para verificar que no estuvieran presentes niños o ancianos, hasta llegar al baño. Que específicamente en la bañera había una lata como de galletas quemando algo adentro. Prendió la ducha para extinguir el fuego; logrando extinguirlo.

    Dentro de la lata había papeles y un paño parcialmente quemados. Luego pateó la lata para sacar el agua de su interior y salen unas bolsitas de aparente sustancia controlada. También ocupó un ‘copito de marihuana’ al lado de la bañera. Le da conocimiento al agente Fraticelli y da instrucciones para que pongan al joven bajo arresto. Procedió a llamar a los bomberos, quienes posteriormente se personaron a levantar un informe y a servicios técnicos, quienes tomaron fotografías.

    Producto de esta intervención se ocupó una masa parcialmente quemada con decks de lo que entendió era heroína y un “copito de marihuana.” Luego fueron con el arrestado a la División de Drogas de Ponce donde luego de realizada la prueba de campo arrojó positivo a marihuana.

  2. Agente Jesús Fraticelli Arroyo, placa 21418

    Declaró que a eso de las 8:00 de la noche, estaba en el Residencial Arístides Chavier verificando una confidencia de un hombre armado. Mientras se encontraba verificando el área de las escaleras del tercer piso de un edificio, del cual no recuerda el número, se activan las alarmas en todo el edificio. Cuando sale al exterior del edificio escucha personas gritando fuego y ve humo negro saliendo de las ventanas de un apartamento. Este sube en compañía de otros agentes hasta llegar a la puerta del apartamento, donde observó que salía humo por debajo de la puerta.

    Procedieron a tocar la puerta y se identificaron como policía, pero nadie abrió. Declara que el sargento Álvarez llegó con una herramienta y logra abrir la puerta. Expresa que al abrir la puerta salió mucho humo de adentro del apartamento. Ve una sombra a la derecha y dice que hay una persona. Sostiene a la persona por el brazo y lo arroja al piso, por todo el humo que había en el apartamento. En ese momento comienza a hacerle preguntas, el nombre, si está bien, a lo que el individuo contestaba. Mientras, el sargento Álvarez comenzó a verificar el apartamento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR