Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Junio de 2019, número de resolución KLCE201900364

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201900364
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución12 de Junio de 2019

LEXTA20190612-016 - Ewin Rivera Rivera Yahaira Rivera Cruz Brenda I. Rivera Cruz v. Dr. Fernando Rojas Diaz; Dr. James M. Bryan Diaz

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

EWIN RIVERA RIVERA YAHAIRA RIVERA CRUZ BRENDA I. RIVERA CRUZ
Recurrido
v.
DR. FERNANDO ROJAS DIAZ; DR. JAMES M. BRYAN DIAZ, DR. ARMANDO TORRES NIEVES; NOVA INFUSSIÓN & COMPOUNDING PHARMACY CORP; HOSPITAL GENERAL MENONITA CAGUAS, INC.
Peticionaria
KLCE201900364
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Caguas Civil Núm.: E DP2016-0006 (702) Sobre: Daños y Perjuicios Impericia Médica

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, el Juez Ramos Torres y el Juez Bonilla Ortiz.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 12 de junio de 2019.

Comparece el Centro Médico del Turabo h/n/c NOVA Infusion & Compounding Pharmacy (NOVA) mediante recurso de certiorari presentado el 20 de marzo de 2019 y nos solicita la revisión de la Resolución y Orden dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas. Mediante el referido dictamen, el foro de instancia declaró No Ha Lugar la solicitud de reconsideración de las costas presentada por NOVA.

Por los fundamentos que expondremos a continuación,DENEGAMOS la expedición del auto de certiorari.

I

El 12 de enero de 2016, el señor Edwin Rivera Acevedo, la señora Yahaira Rivera Cruz y la señora Brenda I. Rivera Cruz (en adelante, la parte recurrida) presentó una demanda sobre daños y perjuicios contra varios doctores, el Hospital General Menonita de Caguas y NOVA.[1] Según alegó la parte recurrida, la señora Noelia Cruz Santos falleció debido a los actos y omisiones negligentes de los demandados, quienes fallaron en brindarle a esta el cuidado médico y hospitalario adecuado. Por tal razón, reclamaron ciertas sumas en concepto de los sufrimientos y angustias mentales padecidos.

Por su parte, NOVA presentó la contestación a la demanda.[2]

Negó las alegaciones principales e incluyó varias defensas afirmativas. Luego de varios incidentes procesales que resulta innecesario relatar, se celebró el juicio en su fondo, el cual se extendió durante cuatro (4) días.

Así, tras aquilatar la prueba testifical y documental recibida, el 4 de diciembre de 2018, notificada el 12 de diciembre de 2018, el foro primario dictó una Sentencia mediante la cual declaró con lugar la demanda instada por la parte recurrida y, en su...

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