Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Junio de 2019, número de resolución KLRA201900327

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201900327
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución21 de Junio de 2019

LEXTA20190621-013 - Ex Agte. Samuel Santiago Rosario v. Policia De PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

EX AGTE. SAMUEL SANTIAGO ROSARIO
Recurrente
v.
POLICÍA DE PUERTO RICO
Recurrida
COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN, PROCESAMIENTO Y APELACIÓN
Agencia Recurrida
KLRA201900327
REVISIÓN JUDICIAL procedente de la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación Caso Núm.: 19P-112 Sobre: Expulsión.

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, el Juez Ramos Torres y el Juez Bonilla Ortiz.

Jiménez Velázquez, jueza ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de junio de 2019.

La parte recurrente, señor Samuel Santiago Rosario, solicita que revoquemos la Orden emitida el 1 de mayo de 2019 y notificada el 9 de mayo de 2019, por la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación. En esta, el foro administrativo paralizó los procedimientos de la causa del epígrafe, al amparo de otra Resolución dictada por esta el 1 de julio de 2017, que decretó la paralización de todos los casos contra el Ejecutivo ante la agencia, en virtud de la ley federal conocida como PROMESA (Puerto Rico Oversight, Management and Economic Stability Act, 48 USC sec. 2101 et seq.).

Prescindimos de la comparecencia de la agencia recurrida[1] y, luego de examinar el escrito de la parte recurrente, a la luz del derecho aplicable, confirmamos el dictamen emitido por el foro administrativo.

I

El 1 de abril de 2019, la Policía de Puerto Rico le notificó al señor Samuel Santiago Rosario (señor Santiago) la Resolución final de expulsión del puesto que ocupaba en el Negociado de la Policía de Puerto Rico.[2]

El 30 de abril de 2019, el señor Santiago presentó una apelación ante laComisión de Investigación, Procesamiento y Apelación (CIPA), con el fin de impugnar la sanción disciplinaria impuesta. En dicho escrito, solicitó la reinstalación en su empleo y el pago de los haberes dejados de devengar.

Así las cosas, mediante una Orden emitida el 1 de mayo de 2019 y notificada el 9 de mayo de 2019, la CIPA paralizó el trámite de la apelación instada por el señor Santiago. Ello, al tenor de la Resolución que esta dictó el 1 de julio de 2017, en la cual decretó la paralización de todos los casos contra el Ejecutivo ante la agencia, en virtud de la ley federal conocida como PROMESA, supra.

Inconforme, el 5 de junio de 2019, el señor Santiago instó el presente recurso y formuló el siguiente...

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